"Las continuas reformas del Código Penal van destinadas también a someter a enjuiciamiento a la disidencia política, por más pacífica que sea"
8 de junio de 2013. Fuente: Rebelión
Endika Zulueta es abogado penalista y colabora habitualmente con distintos movimientos sociales (antimilitaristas, ecologistas, feministas, de okupación, inmigración ilegal, y casos de detenciones ilegales y represión, entre otros) en la defensa de los derechos fundamentales. Ha publicado artículos jurídicos en distintos medios, los últimos sobre los proyectos de reforma del Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana anunciado por el Ministro del Interior. Es Miembro de la Asociación Libre de Abogados y pertenece, desde su inicio, a la Comisión Legal del 15M en Madrid. En esta entrevista reflexiona sobre la desobediencia civil y algunas de sus prácticas, y aborda interesantes debates sobre las libertades fundamentales.
Entrevista a Endika Zulueta, abogado penalista
Nos encontramos en un contexto que constriñe crecientemente la movilización social, que criminaliza los actos colectivos y cualquier expresión política fuera de los cauces establecidos, tildando de terrorismo o de nazismo cualquier expresión contraria. ¿Se está disparando el nivel de cercamiento al que se ve sometida la población?
El artículo 1º de la Constitución señala: «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político» y que «la soberanía nacional reside en el pueblo español».
En estos momentos, el Estado está liquidando los derechos sociales por excelencia (sanidad, educación, trabajo y vivienda) por orden de los mercados, y, por tanto, ha dejado de ser “social”; es tibiamente “democrático” por cuanto el poder no reside en el pueblo, sino en instituciones supranacionales que establecen las directrices económicas del Estado (FMI, BM, BCE; la Troika), careciendo, por tanto, de la supuesta soberanía nacional. El Estado ha hecho pública la deuda privada de los bancos, la corrupción está altamente normalizada en la denominada clase política y se está acrecentando de modo alarmante la brecha entre ricos y pobres; parece evidente que el Estado en modo alguno está propugnando como valores superiores de su quehacer la libertad, la justicia y la igualdad.
La brecha entre el Parlamento y la ciudadanía ha ido ensanchándose en los últimos años hasta el punto de que esta ha perdido la confianza en que los partidos políticos sean la vía −o al menos la única vía− para encauzar las propuestas políticas. El derecho fundamental a la participación política va mucho más allá que el votar cada cuatro años. Las plazas de las ciudades no son solo espacios para el comercio, sino también para el debate, la reflexión política y el apoyo mutuo. Los movimientos sociales están ejerciendo una influencia directa en la agenda política del país. En este contexto, el Estado no está tratando a los movimientos sociales como agentes políticos con los que poder dialogar (el pluralismo político del que habla la Constitución no debe ceñirse a los partidos políticos o a la política institucional), sino como enemigos políticos a los que hay que liquidar.
El Estado no utiliza el diálogo como herramienta para solucionar los problemas, sino que pretende someter a la ciudadanía a través del miedo. Miedo a perder el trabajo, miedo a no encontrarlo, miedo a protestar por poder ser detenido, golpeado o multado. El sometimiento de la población a través del miedo es una característica de un Estado autoritario, muy alejado del democrático que formalmente tenemos.
¿Cuál es el futuro inmediato que se nos avecina con el endurecimiento del Código Penal en lo que respecta a acción y movilización ciudadana?
El Código Penal es el código represivo por excelencia. El que sea más o menos grueso, el que más o menos conductas sean consideradas delictivas dice mucho del carácter democrático del Estado en cuestión. El Código Penal, como todas las leyes, las aprueba el poder legislativo y, a pesar de la posibilidad de votar cada cuatro años, parece obvio que amplias capas de la población no se ven representadas por el Parlamento. En los debates del estado de la nación nunca oímos la voz de las personas en paro, de las que cobran un subsidio de 426 euros, o pertenecen a alguno de los hogares que carecen de ingresos –que ya superan el millón–, o del 56% de jóvenes en paro. Y, sin embargo, esa clase política que defiende los intereses de las clases más privilegiadas es la que establece qué es y qué no es delito.
En coherencia con esa situación, se está sometiendo a enjuiciamiento a la población más pobre y más disidente con la actual situación socioeconómica. La cárcel está llena de personas pobres, pero pobres de solemnidad, y no se trata de una cuestión genética: los pobres, por serlo, no delinquen más. Gran parte de la llamada población carcelaria está enferma por la adicción a diferentes drogas, y los toxicómanos no son delincuentes, son personas enfermas, y pobres, que cometen delitos con el fin de poder conseguir la sustancia que les ayuda a sobrevivir en un mundo sin esperanza.
Las continuas reformas del Código Penal van destinadas también a someter a enjuiciamiento a la disidencia política, por más pacífica que esta sea, a través de la hiperprotección de la autoridad. Se considera delito el atentado a la autoridad, la resistencia a la autoridad, la desobediencia a la autoridad, la desconsideración debida a la autoridad... una muestra más de un Estado más autoritario que democrático, que hiperprotege el llamado “orden público”, basado en un concepto de orden y de público muy alejado de lo que debería caracterizar a un Estado democrático. El nuevo proyecto prevé la penalización de conductas que deberían estar amparadas por los derechos fundamentales de manifestación, de reunión y de libertad de expresión. Todo ello no es sino parte del “golpe de Estado” al llamado Estado de bienestar protagonizado por los mercados. Ya no es necesario que el ejército salga a la calle, sino que nos encontramos con una policía altamente militarizada, regida por valores típicos militares, autoridad, disciplina, obediencia ciega, etc., y en una situación en la que se criminaliza la legítima protesta política.
Se nos van acumulando las leyes injustas, y varios colectivos están llevando a cabo estrategias de resistencia utilizando la desobediencia civil. ¿Cuál es el papel que puede desempeñar la desobediencia civil en este contexto? ¿Y cuáles son sus límites como instrumento para la movilización?
La desobediencia es una histórica herramienta de lucha, un motor de cambio social que ha sido utilizada para conseguir avances sociales. En su teorización consiste en la desobediencia a una ley concreta por considerar que vulnera derechos fundamentales personales o colectivos, pero respetando el resto del ordenamiento jurídico y asumiendo las consecuencias penales de dicha desobediencia. Con ello se consigue llamar la atención de los poderes públicos y de la opinión ciudadana y lograr de este modo consenso para su abolición. Por definición, la desobediencia civil es pacífica. La ciudadanía de este país ha sido tradicionalmente desobediente. Recordemos la negativa de miles de jóvenes a realizar el servicio militar, sin parangón en el mundo entero, con el fin de conseguir su abolición y que los valores militares no traspasasen a la sociedad civil a través de la prestación de dicho servicio obligatorio; o a las mujeres que se autoinculpaban de haber realizado abortos con la finalidad de promover el debate y conseguir su despenalización, por no hablar del movimiento de okupación, que es criminalizado por el Estado precisamente por poner en cuestionamiento sus carencias.
El derecho a la resistencia sería un paso más en este sentido, puesto que implica la desobediencia no a una norma, sino a todo el ordenamiento jurídico por considerarse que no está orientado a conseguir más “libertad, justicia, igualdad” –tal y como propugna el artículo 1º de la Constitución–, sino que produce y reproduce más situaciones de injusticia y desigualdad.
La ciudadanía es la que debe valorar cuál es la herramienta de lucha más adecuada para cada situación desde el punto de vista estratégico, ético, pragmático, etc. Y, si bien es cierto que actualmente no se está ejerciendo desobediencia civil en los términos en que esta ha sido definida, si se está ejerciendo cierta dosis de desobediencia que, sin duda alguna, está fomentando el debate social. Stop desahucios promueve la desobediencia a las órdenes de la autoridad judicial que dispone un desalojo protagonizado por la policía y promovido por la banca, y esta desobediencia ha sido el caldo de cultivo para que el propio Parlamento se cuestione las modificaciones legales, empujado por una conciencia ciudadana que ha sido creada gracias, entre otros factores, a la citada desobediencia. La renuncia a comunicar concentraciones para actos políticos y manifestaciones, está rediseñando un nuevo concepto del derecho de reunión y manifestación que supera con creces lo previsto por una ley que data de hace 30 años.
¿Cómo está tipificada la desobediencia civil en el ordenamiento jurídico español? ¿Qué posibilidades se tiene en el marco legal español para realizar protestas “desobedientes” que sean legales?
Desobedecer una norma puede suponer el inicio de un expediente administrativo (pensemos en la objeción fiscal), o llegar a ser una actividad delictiva (la desobediencia a las órdenes emanadas de una autoridad). Por tanto, carece de una regulación específica y simplemente es objeto de sanción cuando se lleva a cabo su práctica. Para el Estado los desobedientes son, en su mayoría, delincuentes, pero muchas personas consideramos digno de alabanza el que la ciudadanía esté poniendo actualmente en juego su libertad (y en muchas ocasiones su integridad física) con el fin de conseguir una mejora sin beneficio personal directo, sino social.
Con la ley del aborto (”ley pastilla anticonceptiva”) del pasado Gobierno, muchos médicos católicos anunciaron que practicarían la objeción de conciencia, al igual que pasó con la ley del matrimonio homosexual. ¿Todo acto de desobediencia es necesariamente legítimo? ¿Cómo defines tú desobediencia civil?
Los médicos podrán negarse a realizar abortos en sus clínicas privadas, pero en modo alguno en la sanidad pública, en la que deben realizar todas las intervenciones que no se encuentren prohibidas legalmente. Por su parte, los jueces pertenecen a uno de los poderes del Estado, y no pueden negarse a obedecer las normas que emanan del legislativo. Si no quieren casar homosexuales deben renunciar a la carrera judicial, y ello les haría ser coherentes con lo que piensan, pero no jugar a dos bandas, utilizando la sanidad pública o el ejercicio jurisdiccional para sus propios intereses personales. De hecho ya se ha producido la expulsión de un juez por negarse a casar a dos mujeres del mismo sexo. Debe respetarse la moralidad de todo el mundo en el ámbito profesional privado, pero en modo alguno puede imponerse el criterio personal cuando se trabaja en el servicio público que, casualmente, siempre es en defensa de valores cuasi inquisitoriales.
Otra posible herramienta de resistencia puede ser a través del Derecho, como vienes demostrando con éxito en tu trayectoria profesional, centrada en cuestiones sociopolíticas de casos difíciles, de gente y colectivos en los márgenes: okupas, insumisos, detenciones ilegales, represión… ¿En qué medida puede el Derecho emplearse como punta de lanza (o palanca) para el cambio social?
Muchos profesionales del Derecho intentamos utilizar nuestro conocimiento jurídico y nuestra capacidad dialéctica en defensa de las clases más desfavorecidas y en búsqueda de una sociedad que entendemos más justa. Intentamos, en la medida de nuestras posibilidades, popularizar el Derecho, ese mundo diseñado para que sea inaccesible a la gran mayoría de la población, pero al cual está sometida. Intentamos crear conciencia de la importancia y valor de los derechos fundamentales, de los derechos sociales, del derecho a su reivindicación y defender realmente los derechos humanos de la población en detrimento de la defensa de los intereses de una minoría privilegiada que se está enriqueciendo a costa de la creación de pobreza.
En el ámbito penal esto se traduce en una defensa a ultranza del derecho a la defensa y a la presunción de inocencia. Derecho a que nadie sea considerado responsable de un hecho delictivo hasta que no lo diga una sentencia dictada tras un juicio en el que se hayan aportado pruebas de cargo realizadas con todas las garantías.
Endika, eres conocido socialmente como abogado defensor de activistas de todo tipo que son denunciados por los cuerpos policiales: desde aquellos que desarrollan una acción en algún lugar emblemático hasta aquellos otros que ocupan un edificio para convertirlo en centro social autogestionado, pasando por el propio movimiento 15M. ¿Cuáles son tus motivaciones para llevar este tipo de casos? ¿Qué balance haces de tus años de ejercicio profesional? ¿Cuáles han sido tus mayores retos?
Las personas que podemos dedicarnos profesionalmente a la defensa de aquello en lo que creemos somos unas privilegiadas, y nuestra obligación es reconocerlo humildemente y poner nuestra labor profesional al servicio de una ciudadanía que, o bien sufre las consecuencias de un modelo socioeconómico radicalmente injusto, o bien sufre las consecuencias de luchar, aun pacíficamente, por un cambio de modelo. En este sentido poder actuar de la forma más cercana a aquello en que pensamos, eso que se llama coherencia, nos ayuda a ser un poco más felices a pesar de que ello implique luchar contra las contradicciones que creo que todos tenemos. Eso es lo que intento hacer. El balance solo puede ser positivo, que una sola persona entre en tu despacho y ponga en tus manos lo que es quizá uno de los mayores problemas de su vida, creándose un mágico clima de confianza, cuando está en juego su libertad (que es el bien más preciado que tenemos después de la vida), solo puede ser motivo de orgullo y fuente de responsabilidad.
El reto es el día a día. Obviamente hay enjuiciamientos que requieren más estudio, más tiempo, que pueden tener más consecuencias penológicas, que pueden tener más proyección social, pero para cada persona sometida a enjuiciamiento su proceso es el más importante, es el que le puede quitar el sueño. El asunto más importante, el mayor reto, siempre es el de hoy.
Respecto al movimiento okupa, suele decirse que las ocupaciones tienen ante todo por objetivo poner sobre la mesa el debate sobre la propiedad privada. ¿En qué términos? ¿Cómo responder a la alarma social que crea la ocupación de viviendas? ¿En qué medida todo esto se ha potenciado con la crisis actual? ¿Crees que se han multiplicado las ocupaciones o, en términos más generales, los actos de desobediencia civil? ¿Cómo ves el futuro del movimiento okupa?
Siempre ha habido ocupaciones. Desde que el ser humano está sobre la tierra ha ocupado espacios para resguardarse de las inclemencias del tiempo y tener un lugar en el que poder vivir. Cuando se ocupa un espacio ajeno con vocación de permanecer en el mismo es obvio que se crea un conflicto jurídico entre ocupante y propietario, pero el Estado tradicionalmente se ha mostrado ajeno a dicho conflicto en el sentido de considerarlo un conflicto civil entre dos particulares, uno de los cuales puede solicitar el auxilio judicial para su resolución, esencialmente, el desalojo, pero no se ha considerado al ocupante un delincuente por ello.
A muchos les sorprenderá saber que durante la dictadura militar franquista la ocupación no era un delito previsto en el Código Penal, sí lo era en cambio en la dictadura de Primo de Rivera, cuando llegó a considerarse incluso un delito de sedición la ocupación de tierras. Y no lo era, porque la ocupación no creaba un conflicto más allá que entre los intervinientes, propietario y ocupante. La ocupación ha sido considerada una actividad delictiva cuando se ha convertido en okupación. Es decir, cuando no se trataba, o no se trataba únicamente, de conseguir un espacio para vivir, si no de realizar un ejercicio de desobediencia civil. Ya no se ocupa clandestinamente, la okupación se hace pública, se pone la pancarta, esta casa está okupada, y con ello se pone en cuestionamiento, no tanto la propiedad privada (pues el movimiento de okupación habla más del uso que de la propiedad), si no la farsa de un Estado que reconoce derechos sociales (como la vivienda) y no solo no crea mecanismos adecuados para garantizarlos, sino que concibe la vivienda como objeto de inversión, en definitiva, de enriquecimiento de una minoría a costa de dejar fuera del acceso a este derecho a amplias capas de la población.
No es ningún secreto recordar que es en muchas casas okupadas de Madrid, en las que fueron creándose Centros Sociales Autogestionados, donde se fue creando parte del germen del llamado posteriormente movimiento 15M. Centros Sociales trabajados a través de la autogestión (arma revolucionaria y altamente preocupante para el Poder), organizados a través de asambleas, sin líderes e intentando tomar decisiones a través del consenso. Solo cuando en estos centros no solo viven personas, sino que se hace política disidente y práctica de autogestión, el Estado ha considerado, de la noche a la mañana (en el llamado Código Penal de la Democracia de 1995) que esta actividad es delictiva, y pone todo su entramado represivo en defensa, muchas veces, de las grandes inmobiliarias, especuladores, bancos, etc.
Tras el 15 M, se han multiplicado las okupaciones, pero no solo en cantidad, sino, lo que es más importante, en calidad. Pues muchas personas que eran ajenas a esta práctica la han ido llevando a cabo en diferentes barrios de Madrid (que es lo que yo más conozco), con una práctica organizativa mucho más elaborada, multiplicándose de esta forma otras prácticas de pacífica disidencia. La ciudadanía no lo percibe en modo alguno como una práctica delictiva, y lo que realmente crea alarma social es que más de tres millones de inmuebles se encuentren actualmente en Madrid fuera del mercado, mientras decenas de familias son expulsadas de sus hogares cada día. La okupación no solo no es un problema sino que es la solución a muchos problemas y una evidente herramienta de cambio y lugar de encuentro. El futuro, en este sentido, no puede ser más esperanzador.
Tú has escrito diferentes artículos sobre Europol. ¿Qué argumentos se están utilizando para justificar este Estado crecientemente policial en sociedades supuestamente democráticas? ¿Estamos abocados a un mundo orwelliano? Peor aún, también nos vigilan entidades comerciales… ¿tendremos que sustituir el concepto de ciudadano por el de mero consumidor?
Ciertamente estamos en la época de Gran Hermano. Parece que Orwell tenía razón. Es más, Orwell jamás pudo imaginar que íbamos a estar vigilados no solo por instituciones públicas (que no consideran a la ciudadanía como sujetos de derechos sino como objetos de sospecha), sino también, y con la misma intensidad, por instituciones privadas (que tratan a la ciudadanía únicamente como sujetos consumidores). Tampoco pudo imaginar la utilización de tanto desarrollo tecnológico destinado a la vigilancia y al control social.
El argumento principal que utiliza el Estado para ejercer su control es la seguridad. Nos dicen que estamos rodeados de peligrosos criminales dispuestos a violar a nuestros niños, acabar con nuestras vidas, destruir nuestra civilización… y que, ante tales peligros, nos vemos obligados a atacar, a vigilar. Exige a la ciudadanía que ceda espacios de libertad en beneficio de una supuesta seguridad. Pero no caemos en su trampa. Pretenden que voluntariamente cedamos libertad, intimidad, por una seguridad que no es la nuestras, sino la de ellos. En modo alguno nos vamos a sentir más seguros por que haya más cámaras vigilándonos, por que haya más policías en la calle, por que haya más cárceles, por que el código penal sea más grueso, por que puedan entrar libremente en nuestros ordenadores, o por que se mate a más supuestos terroristas en Yemen del sur con aviones teledirigidos.
Nuestro concepto de la seguridad es otro. Nos sentiremos más seguros si toda la ciudadanía tiene garantizado el derecho a una educación y a una sanidad pública, gratuita y de calidad; si todos tenemos un trabajo justamente remunerado y si tenemos acceso a una vivienda digna y adecuada. A partir de ahí nos sentiremos más seguros. Su seguridad implica nuestra pérdida de libertad, y nuestra lucha por una sociedad más justa, con otro concepto de seguridad, su temor.
Pasando a cuestiones más esperanzadoras, eres miembro de la comisión legal del 15M. ¿Con qué tipo de cuestiones legales os habéis encontrado? ¿Qué balance haces del movimiento a dos años de su surgimiento?
En la comisión legal trabajan profesionales del Derecho, y personas con inquietudes en este ámbito de actuación que están realizando una labor extraordinario desde que comenzó la Acampada Sol. Se hacen trabajos en diferentes vertientes: asesoramiento, defensa y amparo a personas detenidas en manifestaciones a las que se pueda dar cobertura; fomento de una concepción alternativa del Derecho; y, en especial, de los derechos fundamentales y sociales. Es la denuncia pública de las extralimitaciones por parte de funcionarios o instituciones públicas en relación con la vulneración de los derechos señalados. Es una comisión más dentro del mundo 15M, en que, utilizando herramientas jurídicas, también se ayuda a crear más conciencia crítica, que es el verdadero motor de cambio.
Mas información
Noticias relacionadas
- julio de 2010 “El Estado identifica al okupa como delincuente”
- noviembre de 2000 El Estado Laboral Policial por Endika Zulueta
- julio de 2015 En mi miedo mando yo
- marzo de 2023 Manifestaciones de policías contra las modificaciones de la ’ley mordaza’: el derecho administrativo del enemigo