EL AYUNTAMIENTO DE MADRID NO AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DE UN ACTO POR LOS DERECHOS HUMANOS Y EN RECUERDO DE PERSONAS MIGRANTES FALLECIDAS
16 de enero.
D. Carlos Izquierdo Torres, Presidente de La Junta Municipal de Carabanchel, del Ayuntamiento de Madrid, ha dictado un Decreto por el cual DENIEGA AUTORIZACIÓN para la celebración de un acto en “Conmemoración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en recuerdo de las personas que han perdido la vida en procesos migratorios”, en el que participarían personas de asociaciones defensoras de Derechos Humanos y artistas de cultura africana.
La “excusa” expuesta es que “dado el horario y la proximidad de las viviendas al espacio en el que se desarrollaría la actividad en cuestión, no es posible garantizar que no se producirá perturbación en el descanso de los vecinos”.
El acto se celebraría un sábado (27 de enero) en horario de mañana (entre las 11 y 14 horas) en la Plaza de la Emperatriz, de Carabanchel Alto.
Llama la atención que el decreto denegatorio mutila el articulado de la ordenanza del ruido en la que pretende basarse, al exponer textualmente “según establece el artículo 41 de la Ordenanza de Protección contra la contaminación acústica y térmica de 25 de febrero de 2011 del Ayuntamiento de Madrid. “1. Las actuaciones musicales en la vía o espacios públicos (…) no podrán ocasionar molestias que impidan el descanso de los vecinos o el normal desenvolvimiento de las actividades propias del local receptor, ni afectar a los objetivos de calidad acústica que se establezcan por la normativa de ruido”. La consulta al citado artículo 41 de la mencionada ordenanza expone, en los (…) obviados, que “Las actuaciones musicales en la vía o espacios públicos no estarán sometidas a autorización administrativa en lo que se refiere al ámbito de aplicación de esta ordenanza, sin perjuicio de que no podrán ocasionar molestias que impidan el descanso…”
Es decir, la desautorización municipal se basa en un artículo que explícitamente no es aplicable. Y un domingo, entre las 11 y 14 horas, difícilmente puede impedir el descanso de los vecinos.
Además, la entidad organizadora declaraba en la memoria presentada, que “El volumen máximo de emisión de los dispositivos musicales se mantendrá por debajo de ese límite establecido” (por la ordenanza). Y añadía que “En un radio de 150 metros desde la localización del evento no existen residencias de mayores, centros sanitarios con hospitalización o con servicios de urgencias, o centros docentes cuyo horario de funcionamiento coincida con el del acto programado”.
La Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto, y las entidades colaboradoras, consideran que la prohibición del acto es un atropello intolerable a la libertad de expresión, un abuso de autoridad y una decisión contraria a la legislación del propio Ayuntamiento.
Cuando se acaba de conocer que más de 6.000 personas han perdido la vida en el año 2023 en su intento por llegar a las costas españolas, la decisión municipal refleja una total falta de humanidad, al negar la celebración de un acto que precisamente trata de tener un recuerdo solidario para esas personas ahogadas.
La Asociación de Vecinos se reserva el derecho a presentar cuantas reclamaciones estime convenientes, así como a explorar otras vías para la celebración del citado acto, al considerar que se trata de un derecho y una muestra de responsabilidad ante las víctimas de los procesos migratorios.
Asociación de Vecinos de Carabanchel Alto
Casa del Barrio de Carabanchel
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