Desalojo Patio Maravillas

8 de enero de 2010.

"Si bien la Constitución reconoce la propiedad privada, la delimita desde la "función social" que pueda tener. De nuevo en este espíritu, las normas urbanísticas de Madrid dejan claro que todo propietario de un edificio tiene tanto la obligación de conservarlo como la de destinarlo al uso indicado. Leopoldo Arnáiz, propietario del edificio, poseía una finca en un estado de deterioro evidente. Desde hacía más de diez años lo que tenía que ser un colegio no era más que un edificio vacío. Este abandono ilegal en muchas ocasiones se da por razones tan variadas como la simple desidia o conflictos de herencia. En el caso de Arnáiz, un reconocido consultor y "experto en reformas de urbanismo", no es difícil imaginar otro motivo. Su experiencia urbanística ha conseguido sentarle numerosas veces en el banquillo de los acusados, con casos que salpican la Comunidad de Madrid: Boadilla, Alcorcón, Móstoles, Majadahonda.... llegando ha ser cuestionado por su implicación en el mismísimo Tamayazo.

La estrategia para estas situaciones es clara, se compra el inmueble y se "olvida" la obligación de mantenerlo hasta que el tiempo lo lleve una declaración de ruina (que basta con que sea económica, no real) . Entonces se vuelve a construir y se aprovecha la ocasión para recalificar el uso, consiguiendo una buena oportunidad de negocio.

El Patio Maravillas no hacía sino reivindicar un espacio que por ley debía dar servicio a la ciudad."

Fotografias y toda la informacion: Centro de Medios del Patio Maravillas

Texto completo en : QuieresCallarte


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