<?xml version="1.0" encoding="utf-8"?>
<rss version="2.0"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
>

<channel>
	<title>Nodo50. Contrainformaci&#243;n en la Red</title>
	<link>http://www.nodo50.org/</link>
	<description>Nodo50 es un proveedor de servicios de Internet sin &#225;nimo de lucro orientado a los movimientos sociales. Desde 1994, el proyecto 'Nodo50' viene proporcionando formaci&#243;n, contenidos, y servicios comunicativos a cientos de grupos y organizaciones del amplio espectro de la izquierda pol&#237;tica y social del estado espa&#241;ol y latinoam&#233;rica.</description>
	<language>es</language>
	<generator>SPIP - www.spip.net</generator>

	<image>
		<title>Nodo50. Contrainformaci&#243;n en la Red</title>
		<url>http://info.nodo50.org/IMG/siteon0.jpg</url>
		<link>http://www.nodo50.org/</link>
		<height>110</height>
		<width>970</width>
	</image>




	<item>
		<title>La LISI o la sociedad del conocimiento</title>
		<link>http://info.nodo50.org/La-LISI-o-la-sociedad-del.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/La-LISI-o-la-sociedad-del.html</guid>
		<dc:date>2007-10-22T12:56:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>Samuel Luna,experto en Sociedad del Conocimiento &lt;br /&gt;El proyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Informaci&#243;n (LISI) se encuentra en su &#250;ltima fase parlamentaria y sigue levantando ampollas entre la comunidad de internautas. &lt;br /&gt;El proyecto de la LISI, enviado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a las Cortes fue valorado desde el principio por parte de la comunidad internauta espa&#241;ola como poco ambicioso pol&#237;ticamente. &lt;br /&gt;El texto iba en la direcci&#243;n de establecer la factura (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Samuel Luna,experto en Sociedad del Conocimiento&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El proyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Informaci&#243;n (LISI) se encuentra en su &#250;ltima fase parlamentaria y sigue levantando ampollas entre la comunidad de internautas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El proyecto de la LISI, enviado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a las Cortes fue valorado desde el principio por parte de la comunidad internauta espa&#241;ola como poco ambicioso pol&#237;ticamente.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El texto iba en la direcci&#243;n de establecer la factura electr&#243;nica, propiciar cambios menores en las leyes de comercio y eliminar alguna traba burocr&#225;tica para la actividad privada por v&#237;a telem&#225;tica. Poco m&#225;s.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Desgraciadamente, el proyecto de ley tambi&#233;n llevaba en su articulado una reforma de la LSSI-CE, aprobada por el anterior Gobierno del PP, y que es a&#250;n menos &#8216;garantista' que la actual sobre el secuestro de publicaciones electr&#243;nicas y la restricci&#243;n de servicios telem&#225;ticos. En la anterior ley no quedaba claro c&#243;mo y qui&#233;n tiene potestad para censurar servicios y contenidos en internet, dado que establece que ser&#225; &#8220;la autoridad competente&#8221; sin que tenga porqu&#233; ser &#233;sta el poder judicial.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Este hecho ha generado durante los &#250;ltimos cinco a&#241;os gran incertidumbre en usuarios, empresas e incluso entidades p&#250;blicas, y es una de las principales razones por las que la Sociedad de la Informaci&#243;n no ha evolucionado a buen ritmo en nuestro pa&#237;s. Sin embargo, numerosas asociaciones, colectivos de internautas y profesionales de las Tecnolog&#237;as de la Informaci&#243;n y Comunicaci&#243;n (TIC) realizaron una llamada de atenci&#243;n sobre la necesidad de abordar los temas necesarios para acometer dicho impulso de la Sociedad de la Informaci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Las demandas planteadas a todos los grupos parlamentarios comenzaron con la petici&#243;n de que la libertad de expresi&#243;n, de informaci&#243;n, de c&#225;tedra, de opini&#243;n y de creaci&#243;n art&#237;stica, cient&#237;fica y tecnol&#243;gica, estuvieran tuteladas por los juzgados y tribunales siempre que se realizasen por medios telem&#225;ticos. Esto es, que un secuestro o restricci&#243;n de un servicio tem&#225;tico s&#243;lo pueda ser realizado por un juez.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El siguiente punto solicitaba que el acceso a la banda ancha sea un servicio universal y constituya un derecho universal y no la prerrogativa de las compa&#241;&#237;as de telecomunicaciones en su estrategia comercial.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El tercer asunto fue la petici&#243;n de que la LISI estableciera garant&#237;as para que no sea posible la injerencia ni interferencia de los operadores en el tr&#225;fico de internet por razones ajenas a la propia voluntad del usuario (la reivindicada &#8216;neutralidad de red' o net neutrality, principio aplicable a las redes de banda ancha cuyo tratamiento del tr&#225;fico no jerarquiza ni prioriza).&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La &#250;ltima gran petici&#243;n que se ha realizado es que se transfiera el conocimiento y la tecnolog&#237;a de titularidad p&#250;blica a la sociedad. Algo que, a pesar de ser obvio, todos los gobiernos han evitado realizar hasta el momento.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;i class=&quot;spip&quot;&gt;Enmiendas a la ley&lt;/i&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los colectivos y asociaciones, capitaneados por Hispalinux, enviaron a todos los grupos parlamentarios 26 propuestas de mejora, algunas tan concretas como la eliminaci&#243;n del canon por copia privada a las Administraciones P&#250;blicas, o la posibilidad de que los ayuntamientos pongan redes WIFI que permitan al vecindario conectarse a internet. IUICV, Cha, Grupo Mixto han recogido todas las propuestas y PP, CiU, ERC, PNV, s&#243;lo algunas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Tras un primer an&#225;lisis de las enmiendas finalmente presentadas, los cuatro grandes temas tienen un gran respaldo en la c&#225;mara. Incluso alguna ha obtenido mayor&#237;a absoluta, ya que el texto presentado por los distintos grupos ha sido el mismo. Sin embargo, el grupo mayoritario no ha recogido ninguna de las demandas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La constituci&#243;n de la ponencia, primer tr&#225;mite de refundici&#243;n de enmiendas, ha tenido un dif&#237;cil camino. La primera propuesta de enmienda transaccional que el PSOE envi&#243; al resto de grupos no reflejaba con claridad que s&#243;lo un juez pudiera restringir publicaciones y servicios telem&#225;ticos. A&#250;n as&#237; fue aceptada como mejora por parte de los partidos que sostienen al Gobierno, pero la comunidad internauta mostr&#243; su desacuerdo con el texto y la preocupaci&#243;n porque algo tan b&#225;sico, y en lo que todo el mundo est&#225; de acuerdo, no quedara definitivamente solucionado. En la segunda reuni&#243;n, los grupos recapacitaron sobre este punto y decidieron que dicho texto no entrar&#237;a a formar parte de la ponencia sino que se debatir&#237;a con m&#225;s profundidad en la reuni&#243;n de Comisi&#243;n del 17 de octubre, donde est&#225; previsto que se vote la ley.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La enmienda transaccional remitida por el Gobierno a los grupos para establecer dentro del servicio universal el acceso a la banda ancha tiene una redacci&#243;n confusa, pues circunscribe a la normativa comunitaria las condiciones en las que tiene que producirse. La desconfianza proviene de que, precisamente, la normativa comunitaria establece un &#8220;servicio universal&#8221; s&#243;lo para banda estrecha. Sabiendo que una reciente comunicaci&#243;n de la Comisi&#243;n Europea informa de que no es previsible que en un corto per&#237;odo de tiempo se modifique dicha directiva, todo el mundo teme que no sea m&#225;s que una estrategia para que nada cambie, enmarcada en el Plan Avanza (2006-2010).&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En cuanto a la net neutrality y la transferencia tecnol&#243;gica, los dos grupos mayoritarios est&#225;n muy influidos por las grandes empresas de telecomunicaciones y por las sociedades de gesti&#243;n de derechos de autor, que tradicionalmente se han opuesto a que se tomen dichas medidas. Estando a menos de cinco meses de las elecciones, las primeras en las que la opini&#243;n en internet va a ser determinante para dirimir qui&#233;n se llevar&#225; la mayor&#237;a, es posible que los dos grandes partidos sean, por una vez, conscientes de que su verdadero objetivo ahora es la ciudadan&#237;a, sus posibles votantes.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Publicado en &lt;a href=&quot;http://diagonalperiodico.net/article4726.html&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;Diagonal&lt;/a&gt;&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>Lo que nos jugamos con la LISI</title>
		<link>http://info.nodo50.org/Lo-que-nos-jugamos-con-la-LISI.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/Lo-que-nos-jugamos-con-la-LISI.html</guid>
		<dc:date>2007-10-18T12:54:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>La Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Informaci&#243;n, AKA LISI, que lleva ya tiempo dando vueltas por los despachos ministeriales a ver si de una vez por todas se alcanza un acuerdo en su redacci&#243;n definitiva, acaba de sufrir un nuevo aplazamiento en su discusi&#243;n parlamentaria, que por lo visto tendr&#225; lugar el pr&#243;ximo martes. &lt;br /&gt;Por lo general la pol&#237;tica es un tema que nos aburre, pero con esta ley los usuarios de Internet nos jugamos mucho en Espa&#241;a, as&#237; que conviene estar al tanto de lo (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Informaci&#243;n, AKA LISI, que lleva ya tiempo dando vueltas por los despachos ministeriales a ver si de una vez por todas se alcanza un acuerdo en su redacci&#243;n definitiva, acaba de sufrir un nuevo aplazamiento en su discusi&#243;n parlamentaria, que por lo visto tendr&#225; lugar el pr&#243;ximo martes.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Por lo general la pol&#237;tica es un tema que nos aburre, pero con esta ley los usuarios de Internet nos jugamos mucho en Espa&#241;a, as&#237; que conviene estar al tanto de lo que nos jugamos, resumido del art&#237;culo Jug&#225;ndonos el futuro en el Parlamento de Enrique Dans:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;* El que s&#243;lo los jueces puedan decidir la retirada de contenidos de la Red, no ciertos &#243;rganos competentes que autorizar&#237;a la LISI, como pretend&#237;an colarnos en el art&#237;culo 17 bis de la ley, aunque las &#250;ltimas noticias son que ese art&#237;culo no encontraba apoyo en el Parlamento.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;* En que la informaci&#243;n p&#250;blica y pagada de nuestros bolsillos sea puesta a disposici&#243;n de todo el mundo para su uso, copia, modificaci&#243;n y redistribuci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;* El establecimiento del acceso a Internet de banda ancha como un servicio universal y por tanto garantizado, pues es sorprendente la cantidad de lugares de Espa&#241;a en los que todav&#237;a eso no es posible.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;* La neutralidad de la Red desde el punto de vista de los operadores de telecomunicaciones, para que no puedan influir en c&#243;mo funcionan las conexiones de sus clientes -nosotros- en funci&#243;n de acuerdos econ&#243;micos y/o estrat&#233;gicos. Y ojo, que defender la neutralidad de Internet no es pedir que la conexi&#243;n a Internet sea gratis.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;A ver con qu&#233; nos sorprenden sus se&#241;or&#237;as.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Actualizaci&#243;n, m&#225;s reacciones sobre este tema:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt; Juan Freire: &lt;a href=&quot;http://nomada.blogs.com/jfreire/2007/10/lisi-y-la-corru.html&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;La LISI y la corrupci&#243;n moral de los pol&#237;ticos&lt;/a&gt;.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>El FBI intenta acallar al IMC (Independent Media Center) y amenaza la Libertad de Expresi&#243;n</title>
		<link>http://info.nodo50.org/El-FBI-intenta-acallar-al-IMC.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/El-FBI-intenta-acallar-al-IMC.html</guid>
		<dc:date>2001-04-30T12:48:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>Comunicado del IMC Seattle &lt;br /&gt;En la tarde del 21 de abril, un d&#237;a en el que se manifestaban miles de personas contra el FTAA (Free Trade Area of the Americas) en las calles de Quebec, el Independent Media Center de Seattle recib&#237;a una orden judicial por v&#237;a de dos agentes del FBI y un agente del Servicio Secreto Norteamericano. El contenido de la orden preven&#237;a y prohib&#237;a a los miembros del IMC hacer p&#250;blico su contenido. Los voluntarios del IMC inmediatamente comenzaron a debatir con asesoramiento (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Comunicado del IMC Seattle&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En la tarde del 21 de abril, un d&#237;a en el que se manifestaban miles de personas contra el FTAA (Free Trade Area of the Americas) en las calles de Quebec, el Independent Media Center de Seattle recib&#237;a una orden judicial por v&#237;a de dos agentes del FBI y un agente del Servicio Secreto Norteamericano. El contenido de la orden preven&#237;a y prohib&#237;a a los miembros del IMC hacer p&#250;blico su contenido. Los voluntarios del IMC inmediatamente comenzaron a debatir con asesoramiento legal sobre las posibilidades de ignorar la orden. Esta ma&#241;ana, 27 de abril, la jueza Monica Benton ha dictado una orden modificada permiti&#233;ndonos la difusi&#243;n p&#250;blica de la noticia sin la amenaza de cometer delito alguno.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La primera orden, tambi&#233;n dictada por la jueza Benton, obligaba al IMC a proporcionar al FBI &quot;todos los logs de conexi&#243;n de los usuarios&quot; (nota: log es un archivo que se guarda en el servidor y registra algunos datos de la actividad realizada por cada usuario) de los d&#237;as 20 y 21 de abril de un servidor web cuya direccion IP (nota: manera tecnica de identificar ordenadores en internet) era considerada por el Servicio Secreto Norteamericano como perteneciente al IMC. La orden mencionaba esta acci&#243;n como parte de una &quot;investigaci&#243;n criminal en curso&quot; sobre actividades que pod&#237;an constituir violaciones de la ley Canadiense.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El asesor legal del IMC, David Sobel, del Electronic Privacy Information Center declar&#243;: &quot;Tal y como reconoce la Corte Suprema norteamericana, la Primera Enmienda protege el derecho a comunicar anonimamente en la prensa y con prop&#243;sitos o intereses pol&#237;ticos. Una orden que fuerce a identificar informaci&#243;n privada de un n&#250;mero indiscriminadamente grande de usuarios de un website dedicado a cuestiones pol&#237;ticas amenaza derechos constitucionales muy serios. Para proporcionar la misma protecci&#243;n a la prensa y a las fuentes an&#243;nimas de informacion en Internet que a los media tradicionales, el Gobierno debe estar fuertemente limitado a la hora de poder demandar y solicitar las identidades en Internet (las direcciones IP)&quot;. Un estatuto federal requiere que tales injerencias contra la prensa sean aprobadas por la Attorney General (Fiscal General) y solo cuando todas las v&#237;as alternativas se hayan agotado. No parece que esas condiciones se den en este caso.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La orden dictada contra el IMC prohib&#237;a revelar &quot;la existencia de esta orden o apelaci&#243;n, o la existencia de esta investigaci&#243;n a no ser o hasta que sea ordenado por este tribunal&quot;. Esa restricci&#243;n tan tajante y rigurosa en un media o en una organizaci&#243;n dedicada a la comunicacion va directamente contra la Primera Enmienda. Ironicamente, el Seattle Post-Intelligencer (peri&#243;dico local) supo de la existencia de la orden por &quot;fuentes federales&quot; sugiriendo que el prop&#243;sito de la orden de censura pretend&#237;a simplemente facilitar al gobierno el llevar el asunto de la mejor manera posible.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La orden no especificaba que actos en concreto est&#225;n siendo investigados y el agente del Servicio Secreto reconoci&#243; que el IMC mismo no era sospechoso de actividad criminal. Tampoco se alegaba la violaci&#243;n de ninguna ley norteamericana. No esta claro hasta que punto las leyes federales permiten a la Fiscal General estos tipos de injerencias en medios facilitando investigaciones extranjeras. De acuerdo con el asesor del IMC Lee Tien de la Electronic Frontier Foundation, &quot;este tipo de intromisi&#243;n es una mas en una larga cadena de intentos onerosos y fuera de toda logica para acallar la disidencia pol&#237;tica y el activismo. En 1956, el estado de Alabama intento forzar al NAACP (National Association for the Advancement of Colored People, organizacion antirracista) a proporcionar su lista de afiliados pero la Corte Suprema le par&#243; los pies. Esta orden contra el IMC, incluso sin el intento de silenciamiento, es una amenaza clara a la libertad de expresi&#243;n, de asociaci&#243;n y de privacidad.&quot;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Ante las preguntas de los miembros y colaboradores del IMC, los agentes aseguraron que su investigaci&#243;n ten&#237;a como objetivo la fuente de uno o dos mensajes los cuales, aseguraron, fueron &quot;posteados&quot; al sistema de noticas del IMC el s&#225;bado por la ma&#241;ana. Estos mensajes, siempre segun los agentes, conten&#237;an documentos robados a una agencia del gobierno canadiense, incluyendo informacion clasificada relacionada con el itinerario del viaje de George W. Bush (quien se encontraba en aquellos momentos en Quebec participando en la Cumbre de las Am&#233;ricas). Los agentes comentaron que el Servicio Secreto fue informado de la existencia de esos mensajes gracias a un aviso de una gran red de noticias comercial (cuyo nombre no fue revelado). Los agentes fueron incapaces de indicar las direcciones, URLs o t&#237;tulos de los mensajes que mencionaban. Mas a&#250;n, la orden judicial contiene direcciones IP que no son utilizadas o no est&#225;n en servicio en vez de direcciones IP asignadas a websites del IMC. Sin embargo, los colaboradores del IMC han sido capaces de identificar los dos art&#237;culos mencionados y que fueron publicados en el IMC de Montreal y que coinciden parcialmente con la descripcion dada por los agentes. Estos art&#237;culos, colocados primeramente en franc&#233;s y mas tarde en su versi&#243;n inglesa son:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;http://montreal.indymedia.org/front.php3?article_id=505&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://montreal.indymedia.org/front.php3?article_id=505&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;http://montreal.indymedia.org/front.php3?article_id=514&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://montreal.indymedia.org/front.php3?article_id=514&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;http://montreal.indymedia.org/front.php3?article_id=515&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://montreal.indymedia.org/front.php3?article_id=515&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;y contienen secciones de documentos pretendidamente robados de un coche de polic&#237;a de la ciudad de Quebec el viernes por la noche durante las manifestaciones y disturbios contra el FTAA. Los documentos detallan las estrategias policiales para obstaculizar, dificultar y molestar a los manifestantes y sus acciones. No parece que se haya posteado absolutamente nada en alguna web del IMC relacionado con los viajes de Bush.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Aunque los agentes estaban en principio interesados unicamente en esos dos mensajes, la orden judicial exige &quot;todos los logs de conexiones&quot; durante un periodo de 48 horas, lo que incluye direcciones IP individuales para cada persona que envio mensajes o que visit&#243; las p&#225;ginas de la web del IMC durante las protestas anti FTAA. La asesora legal del IMC, Nancy Chang, del Center for Constitutional Rights, comenta que &quot;la petici&#243;n exagerada de informaci&#243;n por parte del FBI suscita la duda sobre si realmente la orden pretende desanimar o amedrentar al IMC.&quot;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los agentes llegaron al IMC hacia las 7pm. Los voluntarios que trabajan en el IMC de Seattle habian estado ocupados durante toda la tarde reuniendo informaci&#243;n de la cobertura regional de cada IMC sobre las protestas antiFTAA reci&#233;n iniciadas en Seattle y Blaine, Washington y coordinando la cobertura informativa con otras webs de la red del IMC. Tambi&#233;n se encontraban en el local en ese momento numerosos visitantes utilizando los ordenadores de uso p&#250;blico. Mientras los agentes hablaban con un voluntario del personal otro se dedic&#243; a hacer llamadas telef&#243;nicas con la idea de recabar asesoramiento legal. Cuando los agentes se fueron, los miembros del IMC se reunieron para valorar la parte de la orden judicial relativa al silenciamiento del procedimiento y volvieron a contactar con unas cuantas personas que ya hab&#237;an sido llamadas para asegurarse que los terminos de la orden judicial no fueran violados antes de que la asesor&#237;a legal tuviera tiempo de apreciar la situaci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Las primeras medidas intentaron contolar la difusi&#243;n de la visita del FBI y el Servicio Secreto; sin embargo, algunos detalles de la historia fueron difundidos enseguida mediante un informe relativamente preciso retrasmitido en la versi&#243;n radiof&#243;nica por Internet del IMC de Vermont. Inmediatamente el IMC de Seattle se inund&#243; y satur&#243; con llamadas solicitando informaci&#243;n sobre lo que r&#225;pidamente se ha dado en llamar el &quot;asalto del FBI&quot; y diversos rumores y especulaciones empezaron a crecer y esparcirse velozmente a trav&#233;s de varios sistemas de noticias del IMC.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Durante unas tres horas, un grupo de voluntarios t&#233;cnicos del IMC intentaron cumplir la orden federal borrando esos mensajes del IMC de Seattle y de otros websites del IMC segun iban apareciendo. Sin embargo, esto tuvo el efecto contraproducente de confirmar las peores sospechas de los periodistas independientes que colaboran con el IMC y que, al postear mensajes especulando sobre ciertos sucesos que ocurrian en el IMC de Seattle, ve&#237;an como sus mensajes desaparec&#237;an pocos minutos despu&#233;s. Los voluntarios desistieron hacia media noche de esa t&#225;ctica patosa para controlar los rumores cuando qued&#243; patente que su intento solo serv&#237;a para alimentar los rumores y que, seguramente, la historia ya hab&#237;a traspasado las fronteras del IMC y se extend&#237;a imparablemente. La acci&#243;n de borrado de mensajes fue &#250;nicamente motivada por el miedo a violar la parte de silenciamiento que acompa&#241;aba a la orden judicial incluso antes de que los asesores legales hubieran tenido oportunidad de echar un ojo al documento. Nos arrepentimos de la confusi&#243;n y abatimiento que se cre&#243; en la mayor&#237;a de los usuarios del IMC durante este borrado de mensajes y de la frustraci&#243;n general debida a la orden de silenciamiento.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Desde que el incidente ocurri&#243; numerosos rumores falsos pero persistentes han tomado forma; algunos de ellos se deben a la cobertura que le dedic&#243; el Settle Post-Intelligencer en su edici&#243;n del lunes y otros medios comerciales. Podemos ahora refutar algunos de los mas comunes: ninguna orden de b&#250;squeda (busca y captura) fue recibida por el IMC en relaci&#243;n con la orden judicial, nadie relacionado con el IMC de Seattle ha sido arrestado, ningun equipo ni logs han sido arrebatados y no hubo ninguna redada o asalto por parte del FBI.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Ahora, sin ordenes judiciales restrictivas, el IMC de Seattle puede cubrir esta importante historia para continuar desvel&#225;ndola.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El IMC de Seattle fue organizado en el oto&#241;o de 1999 para proporcionar una cobertura objetiva, en tiempo real y de base de las protestas contra la WTO (World Trade Organization). Justo un a&#241;o y medio mas tarde, la red del IMC cubre casi todo el mundo, con docenas de sitios repartidos por los seis continentes. IMC esta aut&#243;nomamente organizado y administrado pero comparte unos principios colectivos y ciertos recursos tecnol&#243;gicos. La cobertura de noticias se centra en su sistema de noticias p&#250;blico y abierto, un sistema innovador y democratizante que permite a cualquiera con acceso a una conexion de Internet convertirse en un periodista informando de eventos y sucesos desde su propia perspectiva en vez de verse forzado a confiar en las estrechas miras que proporcionan los media oficiales en manos de corporaciones empresariales.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Durante las protestas del &#250;ltimo fin de semana contra el FTAA, muchos websites del IMC han colaborado para dar una cobertura sensata y objetiva de la manifestaciones que tuvieron lugar en la ciudad de Quebec y Sao Paulo y de las acciones en solidaridad con ellas de varias ciudades en Estados Unidos y en las fronteras mejicana y canadiense. La extensi&#243;n, amplitud y profundidad de la cobertura alcanzada por la red global del IMC eclips&#243; todos las informaciones dadas por los medios oficiales.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El IMC de Seattle contin&#250;a comprometido en su misi&#243;n inicial: &quot;El IMC es una organizaci&#243;n de base comprometida en el uso de los media (producci&#243;n y distribuci&#243;n) como herramienta de mejora social y justicia econ&#243;mica. Es nuestra meta promover la autogesti&#243;n de la gente olvidada por los media y abordar y analizar temas tanto locales como globales que tengan impacto en ecosistemas, comunidades e individualidades. Buscamos generar alternativas a la mediaci&#243;n de los medios oficiales dirigidos &#250;nicamente por el beneficio e identificar y crear modelos positivos para una sociedad igualitaria y sustentable.&quot;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;IMC Seattle&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Mas informaci&#243;n:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;http://seattle.indymedia.org/display.php3?article_id=3013&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://seattle.indymedia.org/display.php3?article_id=3013&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;http://seattle.indymedia.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://seattle.indymedia.org&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;http://www.indymedia.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://www.indymedia.org&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Orden judicial:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;http://www.indymedia.org/front.php3?article_id=36912&amp;group=webcast&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://www.indymedia.org/front.php3?article_id=36912&amp;group=webcast&lt;/a&gt;&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>El Estado Laboral Policial por Endika Zulueta</title>
		<link>http://info.nodo50.org/El-Estado-Laboral-Policial-por.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/El-Estado-Laboral-Policial-por.html</guid>
		<dc:date>2000-11-29T13:46:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>El art&#237;culo 18 del Estatuto de los Trabajadores autoriza la realizaci&#243;n de registros sobre la persona del trabajador, en sus taquillas y efectos particulares, pero solo en determinadas circunstancias (cuando sea necesaria para la protecci&#243;n del patrimonio empresarial y del de los dem&#225;s trabajadores de la empresa), y con determinadas condiciones (dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo; respetando al m&#225;ximo la dignidad e intimidad del trabajador y cont&#225;ndose con la presencia de alg&#250;n (...)

-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El art&#237;culo 18 del Estatuto de los Trabajadores autoriza la realizaci&#243;n de registros sobre la persona del trabajador, en sus taquillas y efectos particulares, pero solo en determinadas circunstancias (cuando sea necesaria para la protecci&#243;n del patrimonio empresarial y del de los dem&#225;s trabajadores de la empresa), y con determinadas condiciones (dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo; respetando al m&#225;ximo la dignidad e intimidad del trabajador y cont&#225;ndose con la presencia de alg&#250;n representante legal de los trabajadores).&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;De un tiempo a esta parte, y haciendo una interpretaci&#243;n extensiva del art&#237;culo 18 citado, los empresarios, con la opini&#243;n favorable de determinados sindicatos, consideran que tienen facultades para intervenir el correo electr&#243;nico y los archivos personales de los trabajadores de sus empresas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La cuesti&#243;n a dilucidar a estos efectos es la siguiente: &#191;los archivos personales y el correo electr&#243;nico de los trabajadores son simples &quot;efectos particulares&quot;, o pertenecen al &#225;mbito de la intimidad del trabajador?.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Optar por una respuesta u otra tiene importantes consecuencias, porque si se opta por la primera opci&#243;n (correo electr&#243;nico y archivos personales = efectos particulares), tendr&#225;n raz&#243;n los que aplican el art&#237;culo 18 del E.T. con todas sus consecuencias (que, recordemos, faculta al empresario a registrar los efectos particulares del trabajador). Sin embargo, si optamos por la segunda opci&#243;n (correo electr&#243;nico y archivos pertenecen al &#225;mbito de la intimidad personal), la vulneraci&#243;n de dicha intimidad (que es un derecho fundamental reconocido en la Constituci&#243;n), solo podr&#225; hacerse con autorizaci&#243;n y control judicial.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;strong class=&quot;spip&quot;&gt;INTERPRETACION EXTENSIVA (contra los derechos fundamentales):&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El mundo empresarial, famosos sindicatos y el director de la Agencia de Proteccion de Datos (A.P.D.) aceptan en algunas ocasiones la intervenci&#243;n del correo, o del ordenador entero, en base a lo establecido en el art&#237;culo 18 del Estatuto de los Trabajadores.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Seg&#250;n los defensores de esta interpretaci&#243;n, el citado precepto podr&#237;a autorizar el registro en la terminal de ordenador que utiliza el trabajador, pues el ordenador a estos efectos podr&#237;a asimilarse a la taquilla, ya que dicho ordenador es un instrumento de trabajo propiedad de la empresa y que no debe ser utilizado para otros fines distintos y diferentes que la realizaci&#243;n de la actividad laboral, por lo que, bajo esa concepci&#243;n, no cabr&#237;a hablar de documentos personales incorporados al mismo.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En cualquier caso, esta posibilidad de efectuar registros en las terminales de ordenador de los trabajadores no es un derecho absoluto e incondicionado de la empresa, pues el art&#237;culo 18 del Estatuto de los Trabajadores, precepto al amparo del cual se efect&#250;an los registros, lo condiciona a que ello sea necesario para la protecci&#243;n del patrimonio empresarial y del de los dem&#225;s trabajadores de la empresa, y ello debe ser acreditado. En caso contrario, el registro violar&#237;a el derecho a la intimidad del trabajador, garantizada en el plano estrictamente laboral por el art&#237;culo 4.2 e) del Estatuto de los Trabajadores y con car&#225;cter general en el art&#237;culo 10 de la Constituci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En el proceso de tutela de la libertad sindical, una vez acreditada la vulneraci&#243;n del derecho fundamental, se presume la existencia del da&#241;o y debe decretarse la indemnizaci&#243;n correspondiente, sin necesidad de que el sujeto que haya sido v&#237;ctima de la lesi&#243;n deba probar que se le ha producido un perjuicio.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;strong class=&quot;spip&quot;&gt;CRITERIO A DEFENDER:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Un correo electr&#243;nico, entendido como &quot;mensaje electr&#243;nico de persona a persona&quot;, es un correo como otro cualquiera, una correspondencia privada protegida por el derecho al secreto de las comunicaciones postales, derecho, no lo olvidemos, reconocido en la Constituci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;No tengo duda alguna que &#233;sta es la opci&#243;n correcta, pues aunque el ordenador sea una herramienta de trabajo, no lo es su contenido. De la misma forma que el tel&#233;fono de la oficina es una herramienta de trabajo, y, es obvio que el empresario no puede intervenir legalmente las conversaciones; si el trabajador recibiera correo ordinario privado en el domicilio de la empresa, al empresario le parecer&#225; mejor o peor, pero no podr&#225; ser abierto legalmente sin autorizaci&#243;n y control judicial.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En este sentido ya se ha pronunciado el Tribunal de Trabajo de Bruselas en sentencia de 2 de mayo de 2000. El Tribunal analiza el despido de un trabajador (responsable del sistema inform&#225;tico) que, al parecer, usaba el correo electr&#243;nico del trabajo para mantener una relaci&#243;n epistolar con una compa&#241;era de trabajo. El empresario, con la excusa de un supuesto bajo rendimiento, decidi&#243; acceder al correo del trabajador, despidi&#233;ndole posteriormente por una falta grave. El Tribunal mantiene, con base en el art&#237;culo 8 de la Convenio Europeo de Derechos Humanos, que el env&#237;o de correos personales desde la empresa pertenece a la vida privada del trabajador. El Tribunal, tras analizar si el atentado a la vida privada del trabajador era indispensable y proporcionado al supuesto perjuicio causado, concluye que, la mera constancia del n&#250;mero de correo, su tama&#241;o y su car&#225;cter privado, eran datos suficientes para proceder a su sanci&#243;n, sin necesidad de intervenir el correo.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;M&#225;s lejos parece haber ido la sentencia dictada por el Tribunal Correccional de Par&#237;s de 2 de noviembre de 2000, que condena a tres altos cargos de la Escuela Superior de F&#237;sica y de Qu&#237;mica Industria (ESPCI) de Par&#237;s por violaci&#243;n del secreto de la correspondencia de los mismos. Los condenados hab&#237;an interceptado correos electr&#243;nicos recibidos o enviados por un estudiante kuwait&#237;, llamado Tareg Al Baho, al sospechar que utilizaba su correo electr&#243;nico del trabajo con fines personales. Al Baho ha obtenido una indemnizaci&#243;n de 10.000 francos (253.654 pesetas) por da&#241;os y perjuicios.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Esta resoluci&#243;n era muy esperada por los juristas en Francia, ya que ninguna decisi&#243;n judicial hab&#237;a determinado a qu&#233; r&#233;gimen jur&#237;dico responde el correo electr&#243;nico de car&#225;cter privado pero que transita al descubierto por Internet. Los jueces han deducido que &quot;la Red y la totalidad de los servicios que ofrece, como el de mensajer&#237;a electr&#243;nica, entran en el campo de aplicaci&#243;n de la legislaci&#243;n relativa a las telecomunicaciones&quot;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;strong class=&quot;spip&quot;&gt;PERSPECTIVAS DE FUTURO.- Las perspectivas de futuro no son nada halag&#252;e&#241;as.&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;i class=&quot;spip&quot;&gt;GRAN BRETA&#209;A&lt;/i&gt;: Este pa&#237;s es pionero en la legalizaci&#243;n de la intervenci&#243;n de las comunicaciones electr&#243;nicas sin autorizaci&#243;n judicial. Existe una Ley seg&#250;n la cual el Gobierno brit&#225;nico puede intervenir todas las comunicaciones electr&#243;nicas. Esta ley ha sido desarrollada por el Departamento de Industria, una agencia gubernamental de este pa&#237;s, esta vez para dictar otra ley, que entr&#243; en vigor el pasado 24 de octubre, seg&#250;n la cual los empresarios tendr&#225;n &quot;acceso rutinario&quot; a los correos electr&#243;nicos y a las llamadas telef&#243;nicas de sus trabajadores.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La medida ha creado pol&#233;mica y est&#225; siendo cuestionada en el propio Reino Unido a la luz del art&#237;culo 8 de la Convenci&#243;n Europea de Derechos Humanos y, por ello, los sindicatos han anunciado que recurrir&#225;n hasta el Tribunal de Estrasburgo para conseguir la derogaci&#243;n de esta normativa, pero, al menos de momento, por ah&#237; van los tiros empresariales.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;i class=&quot;spip&quot;&gt;EE.UU.&lt;/i&gt;- En Estados Unidos se calcula que un 45% de las grandes empresas tienen instalados sistemas de vigilancia interna para controlar el correo electr&#243;nico de sus empleados (abarcando a m&#225;s de 50 millones de trabajadores). De ellos m&#225;s del 30% almacena y revisa los correos electr&#243;nicos enviados y recibidos por sus empleados. El 20% de las compa&#241;&#237;as tiene instaladas c&#225;maras de videovigilancia. Es el Estado policial laboral por excelencia.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los sindicatos claman por una Declaraci&#243;n de Derechos de los Trabajadores que salvaguarde su intimidad, pero, por una parte, los Republicanos han tumbado en el Capitolio la iniciativa de los sindicalistas y, por otra, los Tribunales siempre han dado la raz&#243;n a los empresarios.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La legislaci&#243;n estadounidense actual autoriza a los empresarios la vigilancia electr&#243;nica rutinaria permitiendo incluso que los altos ejecutivos no informen a los subordinados sobre su pol&#237;tica de videovigilancia.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Seg&#250;n una encuesta de una organizaci&#243;n empresarial norteamericana citada por Bussinesweek, un 46% de las empresas encuestadas hab&#237;an sancionado a alguno de sus empleados por un mal uso del correo o por infringir las normas de navegaci&#243;n en Internet dentro del horario laboral.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En un pa&#237;s donde el despido es libre, el espionaje laboral se ha convertido en el arma letal de los patronos y en una fuente de tensi&#243;n y paranoia para los trabajadores y, aunque es m&#225;s frecuente que se produzca en las grandes corporaciones industriales, en los &#250;ltimos a&#241;os se ha extendido a todo el paisaje laboral de EE.UU., y la raz&#243;n es muy simple: la tecnolog&#237;a es cada vez m&#225;s barata y est&#225; al servicio fundamental del poder.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;i class=&quot;spip&quot;&gt;ESTADO ESPA&#209;OL&lt;/i&gt;.- Una sentencia de noviembre de 2000 de la Sala de lo Social en M&#225;laga del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&#237;a, en la que se juzgaba la denuncia efectuada por un trabajador contra el empresario que le intervino y copi&#243; todos sus correos y ficheros personales, a&#250;n en presencia del comit&#233; de empresa, se inclina por el criterio empresarial, (a pesar de que la sentencia en cuesti&#243;n da la raz&#243;n al trabajador, pero solo por el hecho de no se justific&#243; el registro como obliga el art&#237;culo 18). La resoluci&#243;n afirma, a&#250;n impl&#237;citamente, que el art&#237;culo 18 del Estatuto de los Trabajadores autoriza el registro en la terminal de ordenador que utiliza el trabajador, pues, a estos efectos, el ordenador lo asimila a la taquilla, bas&#225;ndose en que el ordenador es un instrumento de trabajo propiedad de la empresa y que no debe ser utilizado para otros fines distintos y diferentes que la realizaci&#243;n de la actividad laboral, por lo que no cabe hablar de documentos personales incorporados al mismo.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;strong class=&quot;spip&quot;&gt;LEGISLACION ESPA&#209;OLA VIGENTE.-&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;A nuestro juicio, y a pesar de la interpretaci&#243;n extensiva y contra los derechos fundamentales del art&#237;culo 18 del E.T., si un empresario, como cualquier otra persona p&#250;blica o privada, interviene el correo electr&#243;nica de un trabajador est&#225; cometiendo un delito previsto y penado en el art&#237;culo 197 del C&#243;digo Penal. Es un delito contra la intimidad.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El art&#237;culo 197 del C&#243;digo Penal, tan invocado frente a hackers, protege la intimidad (sin excepci&#243;n alguna), estableciendo penas de hasta cuatro a&#241;os de c&#225;rcel para aquellos que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otros, sin su consentimiento, se apoderen de sus papeles, cartas, mensajes de correo electr&#243;nico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepten sus telecomunicaciones o utilicen artificios t&#233;cnicos de escucha, transmisi&#243;n, grabaci&#243;n o reproducci&#243;n del sonido o de la imagen, o de cualquier otra se&#241;al de comunicaci&#243;n. Un enunciado de lo m&#225;s exhaustivo, y que no prev&#233; excepci&#243;n alguna.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En el Estado espa&#241;ol no existe todav&#237;a jurisprudencia respecto a este tema, todo est&#225; por dilucidar. Por ello, va a ser muy importante el papel que adopten los sindicatos y los comit&#233;s de empresa, pues, frente al rigor de la norma penal, los empresarios pretenden introducir cl&#225;usulas en los contratos, por las que los trabajadores renuncien &quot;voluntariamente&quot; a su derecho a la intimidad. Los trabajadores, al renunciar por escrito a su intimidad, se convierten autom&#225;ticamente en actores de Gran Hermano, dentro de la empresa. Entrar a trabajar a la empresa, ser&#237;a como entrar al Bus televisivo.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Este ha sido el caso de unos laboratorios espa&#241;oles, con 7.000 trabajadores, cuya empresa introdujo el control del correo electr&#243;nico con la inicial oposici&#243;n del comit&#233; de empresa. Tras las oportunas negociaciones, los mismos sindicatos accedieron, a&#250;n condicionando a que ese control se hiciera en funci&#243;n de unas normas internas, estableciendo c&#243;mo y en qu&#233; circunstancias se producir&#237;a el control. El caso es que renunciaron a su intimidad.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Sin embargo, mientras dichas cl&#225;usulas no est&#233;n firmadas, el trabajador tiene pleno derecho a la intimidad en sus comunicaciones y la intervenci&#243;n empresarial, a mi juicio, ser&#237;a delictiva.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Mientras tanto, quiz&#225;s hay que popularizar el uso del CIFRADO en los lugares de trabajo para todo tipo de documentos personales o correo electr&#243;nico, mediante aplicaciones f&#225;ciles de usar, y en tanto los contratos en vigor no lo prohiban, los trabajadores podr&#225;n seguir usando el correo electr&#243;nico para lo que les salga del casco.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;strong class=&quot;spip&quot;&gt;PRODUCTO PARA CONTROLAR TRABAJADORES: SPECTOR 2.1:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Se puede obtener en Internet y la publicidad del producto ya habla por s&#237; sola: &quot;Esp&#237;e secretamente a su mujer, sus hijos o sus empleados mientras est&#225;n conectados&quot;. Spector 2.1 se basa en una idea muy sencilla pero, por eso mismo, terriblemente eficaz: Spector lleva a cabo pantallazos cada pocos segundos que, posteriormente se pueden contemplar como si se tratara de un show de diapositivas- del ordenador en el que est&#225; instalado. Las im&#225;genes se almacenan en un servidor, al que el esp&#237;a puede acceder por contrase&#241;a o bien recibir las im&#225;genes v&#237;a correo electr&#243;nico.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Las contramedidas tecnol&#243;gicas tradicionales que se utilizan normalmente no sirven para Spector. &#191;De qu&#233; sirve cifrar los mensajes con PGP si Spector toma una instant&#225;nea del correo mientras se escribe con el procesador de textos?, &#191;Qu&#233; funci&#243;n puede tener ocultar las huellas en la web mediante un programa anonimizador si el jefe puede tener im&#225;genes de las webs visitadas durante el d&#237;a y durante cuanto tiempo?.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Sin embargo, ya existen en el mercado gratuito de Internet detectores de este programa pudi&#233;ndolo borrar del ordenador o instalar programas llamados cortafuegos, haciendo creer al jefe que est&#225; utilizando el programa cuando no es as&#237;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Seguramente, el pr&#243;ximo e-dispositivo ser&#225; un lector de ondas cerebrales, con el que el empresario podr&#225; analizar si el trabajador est&#225; pensando en la empresa o en las musara&#241;as (ya est&#225;n haciendo experimentos con monos). Por ello mismo, debemos ponernos las pilas ahora, antes de que de que el control de los trabajadores a trav&#233;s de las nuevas tecnolog&#237;as sea m&#225;s sofisticado. Y, lo que es m&#225;s denigrante, que el control pueda estar avanzando con nuestro consentimiento.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Endika Zulueta.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Abogado&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;a href=&quot;mailto:endika@nodo50.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;endika@nodo50.org&lt;/a&gt;&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>El Reino Unido autoriza a los empresarios a vigilar el correo electr&#243;nico de sus empleados. (El Pa&#237;s) </title>
		<link>http://info.nodo50.org/El-Reino-Unido-autoriza-a-los.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/El-Reino-Unido-autoriza-a-los.html</guid>
		<dc:date>2000-10-05T12:43:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>El Pais (5/10/2000) &lt;br /&gt;Los empresarios brit&#225;nicos tendr&#225;n el amparo de la ley para controlar el correo electr&#243;nico y las llamadas telef&#243;nicas de sus empleados en su lugar de trabajo. El pr&#243;ximo 24 de octubre, el Gobierno de Blair dictar&#225; una norma que permitir&#225; el &quot;acceso rutinario&quot; a los correos y llamadas de los empleados para comprobar si se refieren a cuestiones de trabajo. La secretaria brit&#225;nica de Comercio Electr&#243;nico, Patricia Hewitt, ha matizado que habr&#225; &quot;limitaciones legales&quot; como la de no (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El Pais (5/10/2000)&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los empresarios brit&#225;nicos tendr&#225;n el amparo de la ley para controlar el correo electr&#243;nico y las llamadas telef&#243;nicas de sus empleados en su lugar de trabajo. El pr&#243;ximo 24 de octubre, el Gobierno de Blair dictar&#225; una norma que permitir&#225; el &quot;acceso rutinario&quot; a los correos y llamadas de los empleados para comprobar si se refieren a cuestiones de trabajo. La secretaria brit&#225;nica de Comercio Electr&#243;nico, Patricia Hewitt, ha matizado que habr&#225; &quot;limitaciones legales&quot; como la de no poder interceptar llamadas personales sin razones justificadas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La norma brit&#225;nica no exigir&#225; el consentimiento del empleado. El texto oficial en el que se anuncia la medida anticipa el marco gen&#233;rico en que se justifica la inspecci&#243;n de las comunicaciones telef&#243;nicas o digitales de los trabajadores. Situaciones que van desde la sospecha de conducta criminal a garantizar el cumplimiento de las normas de conducta internas. Los sindicatos brit&#225;nicos se oponen rotundamente a la medida ya que consideran que dar&#225; carta blanca a los directivos para inmiscuirse en los asuntos privados de los trabajadores y vulnera los tratados de Derechos Humanos.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Juan Manuel Fern&#225;ndez L&#243;pez, director de la Agencia de Protecci&#243;n de Datos espa&#241;ola, manifest&#243; a este diario que este tipo de inspecciones es totalmente legal con una &#250;nica condici&#243;n: que lo sepa el afectado.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&quot;Es absolutamente l&#237;cito indagar en el correo electr&#243;nico del trabajador, porque el correo es una herramienta del empleador. Lo &#250;nico que debe hacer es advertirlo&quot;. Fern&#225;ndez L&#243;pez asegura, adem&#225;s, que este criterio es compartido por sus hom&#243;logos europeos. &quot;En reuniones comunitarias lo hemos analizado y estamos de acuerdo en ello&quot;. Sin llegar a la sospecha de una conducta delictiva, prosigue Fern&#225;ndez L&#243;pez, el empresario puede necesitar abrir el correo electr&#243;nico del empleado que no est&#225; para saber si han llegado nuevos pedidos, por ejemplo.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;i class=&quot;spip&quot;&gt;Sin jurisprudencia&lt;/i&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En Espa&#241;a no hay jurisprudencia sobre el barrido empresarial del correo electr&#243;nico de los trabajadores, y en el caso de la vigilancia de las llamadas telef&#243;nicas, el rastreo de sentencias da resultados contradictorios.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En algunas decisiones judiciales se ha admitido el pinchado telef&#243;nico por parte de la empresa como prueba de la conducta desleal del empleado, y, en otras, se ha rechazado por considerarse que la prueba se ha obtenido por m&#233;todos ileg&#237;timos.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El Estatuto de los Trabajadores de 1980 protege la inviolabilidad de los efectos personales del trabajador y cita en qu&#233; condiciones la empresa puede registrar la taquilla del empleado. El abogado Xavier Ribas, especializado en el sector, coincide con Fern&#225;ndez L&#243;pez en que el correo electr&#243;nico no es una herramienta que sea propiedad del trabajador. &quot;Junto al derecho a la intimidad del trabajador, un derecho renunciable, est&#225; la responsabilidad de la empresa por la conducta de sus empleados en el trabajo. Es lo que se llama culpa in vigilando . &#191;C&#243;mo puede responsabilizarse a la empresa si no tiene instrumentos de vigilancia sobre esta conducta?&quot;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El propio Ribas intervino en el caso de unos laboratorios espa&#241;oles con 7.000 trabajadores que introdujo el control del correo electr&#243;nico. Inicialmente, los sindicatos se opusieron, pero tras el establecimiento de unas normas internas de c&#243;mo y en qu&#233; circunstancias se producir&#237;a el control, el colectivo laboral acept&#243; la medida. &quot;Generalmente no se vigila de manera indiscriminada todo el correo electr&#243;nico&quot; porque se trata de un flujo muy importante de mensajes que es imposible controlar. &quot;En la mayor&#237;a de los casos, primero surge la sospecha sobre la conducta de un empleado, y es a partir de entonces cuando se instalan los controles&quot;, concluye Ribas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;V&#237;ctor Domingo, de la Asociaci&#243;n de Internautas (AI) se mostr&#243; particularmente preocupado al conocer la noticia ya que teme que la medida vulnere el derecho a la intimidad y genere un ambiente de desconfianza en el seno de las empresas. La AI asesor&#243; a los sindicatos espa&#241;oles en un contencioso con una entidad bancaria que quer&#237;a restringir el uso del correo electr&#243;nico de sus empleados. Objetivo del que desisti&#243; finalmente. &quot;Permitir el control rutinario del correo del trabajador es introducir los h&#225;bitos del estado policial en la empresa. El correo electr&#243;nico deber&#237;a contemplarse como las taquillas personales, que s&#243;lo pueden abrirse ante sospechas ciertas y con determinadas garant&#237;as en el proceso&quot;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En Estados Unidos se calcula que un 45% de las grandes empresas tienen instalados sistemas para vigilar el correo electr&#243;nico de sus empleados. En California se elabor&#243; una ley que prohib&#237;a este tipo de supervisi&#243;n, pero fue retirada antes de entrar en vigor. Hace pocos meses, un senador dem&#243;crata propuso una liviana normativa federal para obligar a las empresas a informar a sus trabajadores de que pod&#237;an escudri&#241;ar su correo electr&#243;nico. La iniciativa tampoco prosper&#243;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El principal argumento empresarial para controlar el correo electr&#243;nico de sus empleados es la prevenci&#243;n del espionaje industrial por parte de un trabajador desleal. Pero tambi&#233;n se han dado otros argumentos m&#225;s imprevistos como el vigilar el intercambio por correo electr&#243;nico de jueguecitos digitales que se guardan en el ordenador de la empresa y ocupan espacio en la memoria del sistema. En Estados Unidos hizo furor en las oficinas un juego de &#233;stos, ElfBowling, que ocupaba un megabyte y cuya instalaci&#243;n masiva en centenares de despachos de una firma merm&#243; la capacidad de su sistema.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los programas que monitorizan el correo del empleado acostumbran a trabajar con palabras o frases clave -los nombres de las compa&#241;&#237;as de la competencia y de los productos de la empresa- y husmean el contenido de los mensajes cuando el programa alerta de que un correo contiene alguna de las palabras sospechosas. La iniciativa brit&#225;nica coincide con otra del mismo Gobierno que pretende obligar a los servidores de acceso a Internet a suministrar a la polic&#237;a todos los datos sobre los movimientos en la red de un sospechoso. La medida ha levantado un importante debate porque no exige permiso judicial.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La medida brit&#225;nica se suma a la existencia de programas de espionaje sobre el correo y uso de Internet por parte de un ciudadano investigado, como el Carn&#237;voro del FBI, y otros m&#225;s globales, como Echelon, lanzado por el Gobierno norteamericano. Los sat&#233;lites de Echelon son capaces de escudri&#241;ar el contenido de cualquier comunicaci&#243;n sospechosa en cualquier soporte.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&lt;i class=&quot;spip&quot;&gt;El rastro del mensaje&lt;/i&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El correo electr&#243;nico ha perdido la imagen de algo vol&#225;til que tuvo al principio. El rescate electr&#243;nico de correos con tres a&#241;os de antig&#252;edad como prueba en juicios o el despido de trabajadores por un uso indebido del mismo, como sucedi&#243; en el diario The New York Times , han demostrado que el correo electr&#243;nico m&#225;s que una carta es una postal. Y de la misma manera que han proliferado programas para su control, han surgido sistemas de cifrado para dificultar la intromisi&#243;n ajena. Una empresa con un apellido premonitorio, AbsoluteFuture.com, ha colgado de Internet un servicio que permite el env&#237;o de correo cifrado. Es m&#225;s, el remitente puede fijar en qu&#233; fecha y hora quiere que se destruya totalmente y si el receptor podr&#225; o no sacar copias.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El acceso al contenido de un correo electr&#243;nico es muy f&#225;cil cuando se utilizan los sistemas corporativos de la empresa. Si el trabajador se sirve de una cuenta propia de correo gratuito a trav&#233;s de una web, el proceso de inspecci&#243;n desde la empresa es m&#225;s laborioso pero igualmente factible.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>Sentencia 389/00: sobre el control de correo electr&#243;nico en las empresas de la Sala de lo Social en M&#225;laga del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&#237;a</title>
		<link>http://info.nodo50.org/flecha-Sala-de-lo-Social-en-Malaga.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/flecha-Sala-de-lo-Social-en-Malaga.html</guid>
		<dc:date>2000-09-18T12:44:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>Sala de lo Social en M&#225;laga del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&#237;a &lt;br /&gt;Rollo de Suplicaci&#243;n 2207/99 &lt;br /&gt;Sentencia 389/00 &lt;br /&gt;Contra la sentencia de instancia que desestima la demanda sobre tutela de derechos fundamentales promovida por el actor y absuelve a la empresa demandada, interpone recurso de suplicaci&#243;n el demandante por infracci&#243;n de lo dispuesto en el art&#237;culo 10 de la Constituci&#243;n y en los art&#237;culos 4-2 e) y 18 del Estatuto de los Trabajadores. &lt;br /&gt;Considera el recurrente que el registro (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Sala de lo Social en M&#225;laga del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc&#237;a&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Rollo de Suplicaci&#243;n 2207/99&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Sentencia 389/00&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Contra la sentencia de instancia que desestima la demanda sobre tutela de derechos fundamentales promovida por el actor y absuelve a la empresa demandada, interpone recurso de suplicaci&#243;n el demandante por infracci&#243;n de lo dispuesto en el art&#237;culo 10 de la Constituci&#243;n y en los art&#237;culos 4-2 e) y 18 del Estatuto de los Trabajadores.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Considera el recurrente que el registro efectuado por la empresa en su ordenador sin estar presente el mismo y la copia de sus ficheros personales constituye una violaci&#243;n de su derecho a la intimidad. De lo actuado se desprende que con fecha 22 de junio de 1998 se procedi&#243; por parte de la empresa a la inspecci&#243;n de tres terminales de ordenador, la del actor y la de otros dos trabajadores, encontr&#225;ndose presentes varios miembros del Comit&#233; de Empresa, copi&#225;ndose de la terminal de ordenador del actor, el cual se encontraba ausente en dicho momento, la carpeta denominada &quot;Mis documentos&quot; en un disco, y la carpeta denominada &quot;Pepote&quot; en dos discos m&#225;s.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El art&#237;culo 18 del Estatuto de los Trabajadores, precepto al amparo del cual la empresa realiz&#243; el registro inform&#225;tico, autoriza la realizaci&#243;n de registros sobre la persona del trabajador, en sus taquillas y efectos particulares, cuando sean necesarios para la protecci&#243;n del patrimonio empresarial y del de los dem&#225;s trabajadores de la empresa, dentro del centro de trabajo y en horas de trabajo; debi&#233;ndose en su realizaci&#243;n respetar al m&#225;ximo la dignidad e intimidad del trabajador y debi&#233;ndose contar con la presencia de alg&#250;n representante legal de los trabajadores. Por lo tanto, dicho precepto autoriza el registro en la terminal de ordenador que utiliza el trabajador, pues el ordenador a estos efectos puede asimilarse a la taquilla, ya que no podemos olvidar que dicho ordenador es un instrumento de trabajo propiedad de la empresa y que no debe ser utilizado para otros fines distintos y diferentes que la realizaci&#243;n de la actividad laboral, por lo que no cabe hablar de documentos personales incorporados al mismo.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Ahora bien, esta posibilidad de efectuar registros en las terminales de ordenador de los trabajadores no es un derecho absoluto e incondicionado de la empresa, pues el art&#237;culo 18 del Estatuto de los Trabajadores, precepto al amparo del cual la demandada efectu&#243; el registro, lo condiciona a que ello sea necesario para la protecci&#243;n del patrimonio empresarial y del de los dem&#225;s trabajadores de la empresa, cosa que la demandada ni siquiera ha alegado en el supuesto de autos, pues de un somero examen del acta de registro se desprende que la empresa ni siquiera adujo causa o motivo alguno para la realizaci&#243;n del registro en cuesti&#243;n. Por ello, consideramos que dicho registro viol&#243; el derecho a la intimidad del trabajador, garantizada en el plano estrictamente laboral por el art&#237;culo 4-2 e) del Estatuto de los Trabajadores y con car&#225;cter general en el art&#237;culo 10 de la Constituci&#243;n. Todo lo anterior, nos lleva a estimar en parte el recurso de suplicaci&#243;n interpuesto para declarar que se ha producido una lesi&#243;n del derecho de intimidad del demandante, condenando a la empresa demandada a estar y pasar por dicha declaraci&#243;n, debiendo estimarse en este punto concreto el recurso.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Que por lo que se refiere a la indemnizaci&#243;n solicitada, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en sentencia de 9 de junio de 1993, dictada en recurso de casaci&#243;n para la unificaci&#243;n de doctrina, ha declarado que en el proceso de tutela de la libertad sindical, una vez acreditada la vulneraci&#243;n del derecho fundamental, se presume la existencia del da&#241;o y debe decretarse la indemnizaci&#243;n correspondiente, sin necesidad de que el sujeto que haya sido v&#237;ctima de la lesi&#243;n pruebe que se le ha producido un perjuicio.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;La Sala entend&#237;a que esa interpretaci&#243;n era la adecuada, pues as&#237; se desprende del art&#237;culo 15 de la Ley Org&#225;nica de Libertad Sindical que establece con car&#225;cter imperativo que el &#243;rgano judicial decretar&#225; el cese inmediato del comportamiento antisindical, as&#237; como la reparaci&#243;n de sus consecuencias il&#237;citas, si entendiese probada la violaci&#243;n del derecho fundamental, criterio que se refuerza con el mandato del art&#237;culo 180-1 de la Ley de Procedimiento Laboral de reparar, en tal caso, las consecuencias derivadas del acto, incluida la indemnizaci&#243;n que proceda. Ahora bien, la anterior doctrina - presunci&#243;n del da&#241;o moral resarcible con motivo de la violaci&#243;n del derecho fundamental - no significa que la parte quede exonerada autom&#225;ticamente del deber de alegar en su demanda los indicios o fundamentos que permitan apoyar su concreta pretensi&#243;n indemnizatoria, justificando suficientemente que la compensaci&#243;n exigida procede en el espec&#237;fico supuesto de hecho, por ser razonable y proporcionada al perjuicio sufrido, atendidas las circunstancias caso y la gravedad de la lesi&#243;n sufrida (en ese sentido, sentencias de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 20 de enero de 1997 y 2 de febrero de 1998, dictadas en recursos de casaci&#243;n para la unificaci&#243;n de doctrina).&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;En el presente caso, la Sala considera que la indemnizaci&#243;n que debe fijarse en favor del actor debe alcanzar la suma de cincuenta mil pesetas, pues, aunque resulta incuestionable que la vulneraci&#243;n del derecho de intimidad ha producido un perjuicio al demandante, dicho perjuicio debe cuantificarse en la suma antes indicada, ponderando las circunstancias concurrentes en el caso, la naturaleza de la lesi&#243;n, la ausencia de perjuicios materiales acreditados, el per&#237;odo de tiempo que ha durado la vulneraci&#243;n del derecho fundamental y la falta de prueba del demandante de los indicios o elementos que sustenten la cuant&#237;a concreta de la indemnizaci&#243;n reclamada.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>Manifiesto por la libertad de expresi&#243;n y la legitimidad de la defensa de la rep&#250;blica (IU, IR,...)</title>
		<link>http://info.nodo50.org/Manifiesto-por-la-libertad-de.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/Manifiesto-por-la-libertad-de.html</guid>
		<dc:date>2000-07-30T12:42:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>Secretar&#237;a de Derechos Humanos de Izquierda Unida &lt;br /&gt;Asociaci&#243;n de Abogados Progresista de Andaluc&#237;a &lt;br /&gt;Izquierda Republicana &lt;br /&gt;El pasado 8 de Mayo los reyes visitaron Huelva y, tras recibir la medalla de oro de la ciudad, salieron al balc&#243;n del Ayuntamiento onubense. En ese momento un grupo de j&#243;venes de las Juventudes Comunistas desplegaron una pancarta que rezaba &quot;Algunos viven como reyes, nosotros reclamamos la Rep&#250;blica&quot;, a la vez que varios de ellos corearon frases como la de &quot;Espa&#241;a ma&#241;ana ser&#225; (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Secretar&#237;a de Derechos Humanos de Izquierda Unida&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Asociaci&#243;n de Abogados Progresista de Andaluc&#237;a&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Izquierda Republicana&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El pasado 8 de Mayo los reyes visitaron Huelva y, tras recibir la medalla de oro de la ciudad, salieron al balc&#243;n del Ayuntamiento onubense. En ese momento un grupo de j&#243;venes de las Juventudes Comunistas desplegaron una pancarta que rezaba &quot;Algunos viven como reyes, nosotros reclamamos la Rep&#250;blica&quot;, a la vez que varios de ellos corearon frases como la de &quot;Espa&#241;a ma&#241;ana ser&#225; republicana&quot;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El reducido grupo de manifestantes fue acordonado por miembros de la Polic&#237;a Nacional y de la Guardia Real, que los condujo al portal de un edificio cercano, donde fueron identificados y, seguidamente, puestos en libertad. La retenci&#243;n dur&#243; una hora, y en ese intervalo, fueron amenazados de &quot;darles de hostias&quot; y tratados como &quot;peores que los de Jarrai&quot;. Aunque estos j&#243;venes no se dirigieron a nadie de los presentes, algunas de las personas que estaban mirando a los reyes se encolerizaron e incluso pidieron a gritos que los fusilaran, cuando los j&#243;venes defensores de la Rep&#250;blica abrieron su pancarta.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Como consecuencia de este simple ejercicio del derecho a la libertad de expresi&#243;n, han sido acusados de un presunto delito de alteraci&#243;n del orden p&#250;blico, por lo que la Audiencia Provincial de Huelva los juzgar&#225; el pr&#243;ximo d&#237;a 19 de julio. Adem&#225;s, se les acusa tambi&#233;n de una falta administrativa, sancionada con una multa que puede oscilar entre las 50.000 y el mill&#243;n de pesetas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Como a&#241;adidura de semejante esperpento, la polic&#237;a y la guardia real tom&#243; tambi&#233;n los datos de un joven que se acerc&#243; a ver lo que estaba ocurriendo y al secretario de Administraciones P&#250;blicas de Comisiones Obreras, Jos&#233; Luis Rodr&#237;guez, que se acerc&#243; para interesarse por la actuaci&#243;n de la polic&#237;a. Ambos tambi&#233;n han sido acusados y tendr&#225;n que comparecer el pr&#243;ximo d&#237;a 19.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los nombres de los j&#243;venes acusados son: Aida Rodr&#237;guez, Vicente Cano, Jes&#250;s Farr, Agust&#237;n Benito, Emilio de la Rosa, Sergio Montes, Candela S&#225;enz, Dami&#225;n Garc&#237;a y Diego Medel.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Ante este desmedido, torpe y asombrosamente injustificado ataque a la libertad de expresi&#243;n y contra la legitimidad de la defensa del republicanismo, que &#250;nicamente tiene parang&#243;n con los usos y abusos de la polic&#237;a franquista, mostramos todo nuestro apoyo y toda nuestra solidaridad con estos j&#243;venes y con el miembro de Comisiones Obreras, ante el incre&#237;ble atropello de los m&#225;s b&#225;sicos derechos ciudadanos de que han sido objeto, y expresamos nuestro m&#225;s absoluto rechazo a lo que es una clara criminalizaci&#243;n de algo tan leg&#237;timo como la defensa del republicanismo, una opci&#243;n pol&#237;tica libremente asumida por un gran n&#250;mero de espa&#241;oles, merecedora del m&#225;ximo de los respetos, y que, por supuesto, en ning&#250;n caso puede ser objeto de sanciones, multas o actuaciones coercitivas policiales.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>&quot;Condenan a un edil de Izquierda Unida a dos fines de semana por una pintada.&quot; (Nodo50 y Voces) </title>
		<link>http://info.nodo50.org/Condenan-a-un-edil-de-Izquierda.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/Condenan-a-un-edil-de-Izquierda.html</guid>
		<dc:date>2000-06-17T12:41:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>Querido Javier: &lt;br /&gt;Parece incre&#237;ble que en el a&#241;o 2000 tengas que pasar la noche de san Juan en prisi&#243;n por escribir en un muro la verdad sobre la guerra. Pero as&#237; es: la vieja mierda que conocimos sigue ah&#237;. Hace siglos, el maestro Graci&#225;n dijo de un juez antiguo en El critic&#243;n &quot;Ya el nombre de juez se equivoca con el de vendedor del justo. Ya los mismos que hab&#237;an de acabar con los males son los que los conservan, porque viven de ellos&quot;. Parece que a&#250;n seguimos ah&#237;, en la vieja Espa&#241;a. &lt;br /&gt;Quienes te (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Querido Javier:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Parece incre&#237;ble que en el a&#241;o 2000 tengas que pasar la noche de san Juan en prisi&#243;n por escribir en un muro la verdad sobre la guerra. Pero as&#237; es: la vieja mierda que conocimos sigue ah&#237;. Hace siglos, el maestro Graci&#225;n dijo de un juez antiguo en El critic&#243;n &quot;Ya el nombre de juez se equivoca con el de vendedor del justo. Ya los mismos que hab&#237;an de acabar con los males son los que los conservan, porque viven de ellos&quot;. Parece que a&#250;n seguimos ah&#237;, en la vieja Espa&#241;a.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Quienes te juzgan se quedan en las viejas formas. Pues lo que has hecho es lo que tiene que hacer un pacifista de hoy. Un pacifista de hoy no es alguien que est&#233; dispuesto a aceptar pasivamente la paz de los cementerios con tal de que no haya conflicto. Un pacifista de hoy &#173;de los de verdad, no de los de boquilla&#173; es alguien que busca f&#243;rmulas para la resoluci&#243;n pac&#237;fica y racional de los conflictos. Un pacifista de hoy, amante de Russell, de Einstein y de Gandhi, como t&#250; lo eres, sabe que los bombardeos de ciudades con la pretensi&#243;n de ayudar a las v&#237;ctimas de un etnocidio no reducir&#225; nunca el n&#250;mero de las v&#237;ctimas inocentes potenciales, sino que aumentar&#225; el n&#250;mero de las v&#237;ctimas reales. Eso es lo que realmente pas&#243; en Yugoslavia.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Cuando la mentira se impone y los de arriba enga&#241;an a las gentes con la mentira, los muros no se ensucian con la pintada de la verdad. Se convierten en soporte de la verdad.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Recibe un fuerte abrazo de un amigo solidario.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Paco Fern&#225;ndez Buey&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;ENV&#205;A UN TELEGRAMA O UN FAX La asamblea Local de Izquierda Unida en Ja&#233;n cree que puede ser &#250;til tu colaboraci&#243;n enviando un telegrama o un fax al juzgado que ha condenado a Javier Aguilera. Sugerimos el siguiente texto, pero naturalmente puedes enviar el que mejor te parezca:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;POR LA PAZ Y LA JUSTICIA: En solidaridad con Fco. Javier Aguilera&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los datos donde enviarlo son los siguientes: Juzgado de 1&#170; Instancia e Instrucci&#243;n n&#186; 1, calle Cronista Gonz&#225;lez L&#243;pez, 4. Ja&#233;n. Telf. y fax: 953 217 068.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>Introducida en la defensoria denuncia contra proyecto de ley de telecomunicaciones. (LibreComunicaci&#243;n) </title>
		<link>http://info.nodo50.org/Introducida-en-la-defensoria.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/Introducida-en-la-defensoria.html</guid>
		<dc:date>2000-05-17T12:40:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>Caracas, 15 de mayo de 2000 &lt;br /&gt;El pasado jueves 11, miembros del Movimiento por la Libre Comunicaci&#243;n introdujeron ante la Defensor&#237;a del Pueblo de la Rep&#250;blica Bolivariana de Venezuela una denuncia contra el Proyecto de Ley del R&#233;gimen General de las Telecomunicaciones (versi&#243;n del 05-04-2000), al entender que en su actual formulaci&#243;n lesiona severamente los derechos a la libertad de expresi&#243;n y a la libre comunicaci&#243;n de las comunidades. &lt;br /&gt;El proyecto de ley, que regula entre otros aspectos lo (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Caracas, 15 de mayo de 2000&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El pasado jueves 11, miembros del Movimiento por la Libre Comunicaci&#243;n introdujeron ante la Defensor&#237;a del Pueblo de la Rep&#250;blica Bolivariana de Venezuela una denuncia contra el Proyecto de Ley del R&#233;gimen General de las Telecomunicaciones (versi&#243;n del 05-04-2000), al entender que en su actual formulaci&#243;n lesiona severamente los derechos a la libertad de expresi&#243;n y a la libre comunicaci&#243;n de las comunidades.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El proyecto de ley, que regula entre otros aspectos lo relacionado con los servicios de comunicaci&#243;n en los &#225;mbitos de la radiodifusi&#243;n sonora y difusi&#243;n de televisi&#243;n abierta y por suscripci&#243;n, tiene como objeto &quot;establecer el marco legal general de regulaci&#243;n de las telecomunicaciones, a fin de garantizar el derecho fundamental de los habitantes de la Rep&#250;blica a la comunicaci&#243;n&quot; (art. 1). Sin embargo, su articulado limita el alcance de este derecho al &quot;acceso a los servicios de telecomunicaciones&quot; (art. 2), considerando a los ciudadanos como meros receptores de servicios, y no como titulares del derecho a la comunicaci&#243;n. Si bien el art. 6 reafirma que &quot;el espectro radioel&#233;ctrico es un bien del dominio p&#250;blico de la Rep&#250;blica&quot;, el art. 199 establece que el Estado &quot;podr&#225; reservarse para s&#237; frecuencias en cada una de las bandas de radiodifusi&#243;n sonora y de televisi&#243;n abierta&quot;, sin que se reconozca el derecho de la sociedad organizada a ocupar porciones del espectro, as&#237; como a fundar y gestionar medios de comunicaci&#243;n por parte de las comunidades &#8212;como componente esencial del ejercicio del derecho a la comunicaci&#243;n&#8212;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Adicionalmente, los requisitos establecidos por el proyecto de la ley para obtener concesiones de uso del espectro radioel&#233;ctrico resultan insalvables para las iniciativas comunitarias (emisoras comunitarias de radio y televisi&#243;n, de baja potencia, alcance local y escasos recursos financieros). Por ello, el establecimiento de un r&#233;gimen que sanciona administrativamente y penaliza hasta con cuatro (4) a&#241;os de prisi&#243;n (art. 197) a quienes, en libre ejercicio de su derecho a la comunicaci&#243;n, desarrollen actividades de radiodifusi&#243;n sin la respectiva autorizaci&#243;n, significa la criminalizaci&#243;n del ejercicio del derecho a la libre comunicaci&#243;n, y supone un grave atentado contra los derechos y libertades de las comunidades e individuos.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;De esta manera, quedar&#237;a descartada la posibilidad de que las comunidades, en uso leg&#237;timo de un patrimonio com&#250;n, desarrollen actividades de radiodifusi&#243;n y televisi&#243;n abierta en libertad y sin limitaciones derivadas de sus capacidades financieras, vulnerando as&#237; el art. 57 de la Constituci&#243;n, que consagra el derecho de toda persona a la libertad de expresi&#243;n, &quot;y de hacer uso para ello de cualquier medio de comunicaci&#243;n y difusi&#243;n&quot;; as&#237; como el art. 13 de la Convenci&#243;n Americana sobre Derechos Humanos, que establece para los Estados la prohibici&#243;n de &quot;restringir el derecho de expresi&#243;n por v&#237;as o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales (...) o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicaci&#243;n y la circulaci&#243;n de ideas y opiniones&quot;.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El Movimiento por la Libre Comunicaci&#243;n coincide en la necesidad de actualizar el marco normativo de las telecomunicaciones vigente (que data de 1940), para adecuarlo al proceso de apertura del mercado de las telecomunicaciones previsto para el &#250;ltimo trimestre de este a&#241;o, el cual brindar&#225; nuevas oportunidades y ventajas para la sociedad venezolana. Sin embargo, la nueva ley no debe servir tan s&#243;lo a los fines de regular el mercado de las telecomunicaciones (reservando as&#237; el ejercicio del derecho a las empresas privadas comerciales), sino que adem&#225;s debe garantizar el derecho a la comunicaci&#243;n de los habitantes y comunidades de la Rep&#250;blica. Por ello, bajo el principio enunciado en el art. 211 de la Constituci&#243;n de la Rep&#250;blica Bolivariana (participaci&#243;n de los ciudadanos en el dise&#241;o de leyes), el Movimiento por la Libre Comunicaci&#243;n llama a la apertura de un proceso de di&#225;logo, con el fin de incorporar a la ley las garant&#237;as necesarias para el libre ejercicio de los derechos a la comunicaci&#243;n por parte de las comunidades, y muy particularmente de su derecho a fundar medios de comunicaci&#243;n radioel&#233;ctricos: radios y televisoras comunitarias.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;El Movimiento por la Libre Comunicaci&#243;n articula a diversas organizaciones sociales de Venezuela con trabajo en el &#225;rea de la comunicaci&#243;n en general, incluyendo a las involucradas en actividades de difusi&#243;n radioel&#233;ctrica de baja potencia &#8212;estaciones de televisi&#243;n y radio comunitarias&#8212;. El pasado 3 de mayo, D&#237;a Mundial de la Libertad de Prensa, se hizo p&#250;blico el Manifiesto de la Libre Comunicaci&#243;n, firmado por m&#225;s de cincuenta organizaciones sociales y comunitarias del pa&#237;s. El Manifiesto condensa los principios de derechos humanos que determinan el accionar de las diversas plataformas sociales y comunitarias venezolanas por la reivindicaci&#243;n de sus derechos civiles, as&#237; como plantea las exigencias m&#237;nimas para el logro de un marco general de promoci&#243;n, protecci&#243;n y cumplimiento de estos derechos.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;M&#225;s informaci&#243;n en el sitio web
&lt;a href=&quot;http://www.librecomunicaci&#243;n.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://www.librecomunicaci&#243;n.org&lt;/a&gt;, a trav&#233;s de correo electr&#243;nico por info@librecomunicacion.org, o por los tel&#233;fonos 016-6254278 y 014-2563445.&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>



	<item>
		<title>Proyecto LibreComunicaci&#243;n (Venezuela)</title>
		<link>http://info.nodo50.org/Proyecto-LibreComunicacion.html</link>
		<guid isPermaLink="true">http://info.nodo50.org/Proyecto-LibreComunicacion.html</guid>
		<dc:date>2000-05-11T12:39:00Z</dc:date>
		<dc:format>text/html</dc:format>
		<dc:language>es</dc:language>
		<dc:creator>Nodo50</dc:creator>

<category domain="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html">Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet</category>


		<description>Los colectivos populares de comunicaci&#243;n alternativa de Venezuela suscriben y divulgan el Manifiesto de la Libre Comunicaci&#243;n, el cual tiene como objetivos reivindicar el derecho a la libertad de expresi&#243;n y comunicaci&#243;n y a fundar medios de comunicaci&#243;n por parte de las comunidades, as&#237; como alertar contra las posibles consecuencias de la inminente aprobaci&#243;n del Proyecto de Ley de Telecomunicaciones, que puede vulnerar el disfrute de estos derechos humanos. &lt;br /&gt;LibreComunicaci&#243;n, la Red Venezolana (...)


-
&lt;a href="http://info.nodo50.org/-Altavoz-por-la-Libertad-de-.html" rel="directory"&gt;Altavoz por la Libertad de Expresi&#243;n en Internet&lt;/a&gt;


		</description>


 <content:encoded>&lt;div class='rss_texte'&gt;&lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Los colectivos populares de comunicaci&#243;n alternativa de Venezuela suscriben y divulgan el Manifiesto de la Libre Comunicaci&#243;n, el cual tiene como objetivos reivindicar el derecho a la libertad de expresi&#243;n y comunicaci&#243;n y a fundar medios de comunicaci&#243;n por parte de las comunidades, as&#237; como alertar contra las posibles consecuencias de la inminente aprobaci&#243;n del Proyecto de Ley de Telecomunicaciones, que puede vulnerar el disfrute de estos derechos humanos.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;LibreComunicaci&#243;n, la Red Venezolana de Medios Comunitarios y diversas organizaciones populares que trabajan en comunicaci&#243;n popular, comunitaria o alternativa en el pa&#237;s, vienen protagonizando en los &#250;ltimos meses un creciente proceso de articulaci&#243;n en torno al derecho a la libre comunicaci&#243;n y la libertad de acceso a los medios por parte de las comunidades. El Encuentro de la Libre Comunicaci&#243;n, realizado en Barquisimeto en los d&#237;as 10 y 11 de marzo de este a&#241;o, en el que participaron grupos y colectivos de Lara, Maracay y Caracas, supuso un paso m&#225;s en la articulaci&#243;n de las experiencias de comunicaci&#243;n libre que existen en Venezuela. A partir de las discusiones colectivas, y motivados tanto por la necesidad de luchar por el libre acceso a fundar medios de comunicaci&#243;n comunitarios, como por la inminente aprobaci&#243;n del Proyecto de Ley de Telecomunicaciones (que puede vulnerar el acceso del movimiento popular a las radios y televisoras comunitarias). Los colectivos alli presentes redactaron el primer Manifiesto de la Libre Comunicaci&#243;n, presentado el mi&#233;rcoles 3 de mayo durante un evento sobre servicios p&#250;blicos organizado por la Defensor&#237;a del Pueblo, la Comisi&#243;n Andina de Juristas y CASETEL, en el Hotel Caracas Hilton.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;LibreComunicaci&#243;n es un frente de varios grupos que trabajan en comunicaci&#243;n alternativa, libre, popular y/o contracultural en Venezuela. Es totalmente aut&#243;nomo y no depende de ninguna instituci&#243;n gubernamental o privada. La Red Venezolana de Medios Comunitarios agrupa a una serie de iniciativas de medios de difusi&#243;n de baja potencia de Venezuela, que buscan desarrollar procesos comunicativos en conjunto con organizaciones comunitarias y de base. Es una instancia de articulaci&#243;n aut&#243;noma y no depende de ninguna instituci&#243;n gubernamental o privada.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;M&#225;s informaci&#243;n en &lt;a href=&quot;http://www.librecomunicacion.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://www.librecomunicacion.org&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;===================================&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;MANIFIESTO DE LA LIBRE COMUNICACI&#211;N&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;===================================&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO que, de acuerdo a la resoluci&#243;n 59(1) de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 14-12-1946, la libertad de informar es un derecho humano fundamental de todas las personas;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO que el espectro radiol&#233;ctrico es patrimonio com&#250;n de la humanidad y que la &#250;nica atribuci&#243;n que corresponde al Estado, al respecto, es administrarlo con criterios de igualdad y pluralismo democr&#225;tico;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO que, de acuerdo al art&#237;culo 13 de la Convenci&#243;n Americana sobre los Derechos Humanos (Pacto de San Jos&#233; de Costa Rica), todos tenemos el derecho a la libertad de pensamiento y de expresi&#243;n, incluida la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda &#237;ndole por cualquier procedimiento de nuestra elecci&#243;n;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO que, de acuerdo a esa misma Convenci&#243;n, el Estado tiene la obligaci&#243;n de no restringir este derecho por medios tales como el abuso de controles oficiales de frecuencias radioel&#233;ctricas o por cualquier otro medio encaminado a impedir la comunicaci&#243;n y la circulaci&#243;n de ideas y opiniones;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO as&#237; mismo que, de acuerdo con los art&#237;culos 57 y 58 de la Constituci&#243;n Venezolana de 1999, la comunicaci&#243;n es libre y plural, y todos tenemos el derecho a la libertad de expresi&#243;n, haciendo uso de cualquier medio de comunicaci&#243;n y difusi&#243;n;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO que, de acuerdo a los art&#237;culos 101 y 108 de nuestra Constituci&#243;n, el Estado tiene la obligaci&#243;n de garantizar la emisi&#243;n, recepci&#243;n y circulaci&#243;n de la informaci&#243;n cultural y el servicio p&#250;blico de radio y televisi&#243;n como v&#237;a de acceso universal a la informaci&#243;n;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO que los principios fundamentales de la UNESCO acerca de la libertad de comunicaci&#243;n consagran como elementos esenciales del desarrollo democr&#225;tico y econ&#243;mico de las naciones el desarrollo de prensas y medios libres, independientes y pluralistas (principios plasmados en la Declaraci&#243;n de Windhoek de 1991; Declaraci&#243;n de Alma Ata de 1992; Declaraci&#243;n de Santiago de Chile de 1994; y Declaraci&#243;n de Sana'a de 1996);&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO as&#237; mismo los principios y postulados de la Asociaci&#243;n Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) y Videazimut, que re&#250;nen a iniciativas de comunicaci&#243;n independiente de todo el mundo;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;RECORDANDO que tanto las necesidades como las posibilidades informativas y comunicativas de los sectores populares han sido hist&#243;ricamente expropiadas y excluidas de la agenda p&#250;blica en beneficio de los sectores de poder econ&#243;mico, a trav&#233;s de trabas burocr&#225;ticas, concesiones signadas por la corrupci&#243;n y el compadrazgo pol&#237;tico;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;PREOCUPADOS porque la diversidad de iniciativas colectivas de comunicaci&#243;n alternativa a lo largo de todo el pa&#237;s ven limitadas sus posibilidades de ejercer el derecho a la libre expresi&#243;n y comunicaci&#243;n, debido al apoyo oficial al monopolio de los medios radioel&#233;ctricos y de prensa promovidos por los sectores de poder econ&#243;mico;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;COINCIDIENDO con un momento pol&#237;tico que fundamenta su legitimidad en la profundizaci&#243;n de la democracia a trav&#233;s de un mayor protagonismo y participaci&#243;n del pueblo en los procesos sociales;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;PREOCUPADOS por las amenazas para la vigencia del derecho a la libre comunicaci&#243;n que puedan derivarse del dise&#241;o del marco legislativo de las telecomunicaciones, a causa del protagonismo de las grandes corporaciones y la exclusi&#243;n de la participaci&#243;n de colectivos populares, la comunidad organizada y otros sectores de la sociedad; y&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;CONSIDERANDO que los nuevos proyectos de Ley y Reglamento de Telecomunicaciones que se discuten son acuerdos negociados entre el Estado y la empresa privada, que conciben las telecomunicaciones como actividades exclusivamente econ&#243;micas y han sido dise&#241;ados especialmente para aprovechar la oportunidad fiscal que ofrece la apertura del sector de las telecomunicaciones a partir del a&#241;o 2000;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;DECLARAMOS QUE:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;1. El desarrollo de las pr&#225;cticas de comunicaci&#243;n libres y comunitarias basadas en los principios democr&#225;ticos de la libertad, la igualdad y la participaci&#243;n, que defienden la pluralidad y la diversidad cultural, es esencial para la creaci&#243;n de espacios que apoyen la participaci&#243;n de los ciudadanos en un proceso democr&#225;tico.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;2. No habr&#225; verdadera democracia ni acceso a la informaci&#243;n si no se extiende la libertad de crear medios a las comunidades organizadas, en condiciones de igualdad y con un marco legal que favorezca el desarrollo de los mismos.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;3. Los medios comunitarios desempe&#241;an un papel fundamental en el refuerzo de los derechos culturales y sociales de las minor&#237;as &#233;tnicas y de los sectores m&#225;s empobrecidos de la poblaci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;4. Los contenidos de los medios radioel&#233;ctricos masivos est&#225;n orientados de modo casi exclusivo a promover el consumo, debido a la concentraci&#243;n de intereses comerciales, lo que promueve la alienaci&#243;n y la transculturaci&#243;n en torno al hecho comunicativo y afecta las posibilidades educativas y de transformaci&#243;n propias de la comunicaci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;5. La expansi&#243;n continua de las corporaciones transnacionales que se caracteriza, entre otros, por la creaci&#243;n de conglomerados en el sector de los medios y la concentraci&#243;n de la propiedad, amenazan la existencia de medios comunitarios independientes e incluso la pluralidad de cualquier tipo de medio.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;6. El acceso a los medios se debe sostener a trav&#233;s de la educaci&#243;n y la capacitaci&#243;n para desarrollar su comprensi&#243;n cr&#237;tica y permitir a la gente que desarrolle sus posibilidades en el ejercicio del hecho comunicativo a trav&#233;s de los medios.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;7. La informaci&#243;n nunca ser&#225; veraz si no es posible establecer medios en condiciones de igualdad y, especialmente, si no existen las garant&#237;as necesarias para que las comunidades organizadas puedan fundar y gestionar sus propios medios.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;8. La econom&#237;a de mercado no es el &#250;nico modelo para construir la infraestructura de las comunicaciones. La gente se debe considerar como productora y generadora de informaci&#243;n y no s&#243;lo como &quot;consumidora&quot;. Para ello, debe contar con las oportunidades necesarias para asumir el protagonismo en la creaci&#243;n, difusi&#243;n y an&#225;lisis de las informaciones, lo cual s&#243;lo puede lograrse a trav&#233;s de pol&#237;ticas y leyes que garanticen la democratizaci&#243;n real de dicha infraestructura.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;EXIGIMOS:&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;1. El reconocimiento oficial del sector de los medios comunitarios como un componente esencial de la radiodifusi&#243;n de servicio p&#250;blico y como contribuci&#243;n vital al pluralismo en los medios y a la vigencia y disfrute de la libertad de expresi&#243;n e informaci&#243;n.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;2. La creaci&#243;n por parte del Estado de un espacio p&#250;blico para el debate y la consulta en el cual los representantes de la sociedad civil y las comunidades organizadas (y no solo la empresa privada) participen en el dise&#241;o e instrumentaci&#243;n de las pol&#237;ticas, leyes y normativas de comunicaci&#243;n y telecomunicaciones.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;3. La garant&#237;a en la nueva Ley y el nuevo Reglamento de Telecomunicaciones de que la asignaci&#243;n de las frecuencias del espectro radioel&#233;ctrico, los criterios t&#233;cnicos y las prioridades de desarrollo promuevan e incentiven la creaci&#243;n de medios por parte de las organizaciones no gubernamentales y las comunidades organizadas, sin que se establezca ning&#250;n tipo de barreras pol&#237;ticas, econ&#243;micas, administrativas, t&#233;cnicas o de cualquier otra &#237;ndole para el ejercicio del derecho a informar y a expresarse libremente, m&#225;s all&#225; de las que impone el uso de los recursos limitados del espectro radioel&#233;ctrico.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;4. Que el Estado destine una significativa cuota de los ingresos fiscales provenientes de la carga contributiva de las empresas de telecomunicaciones para implantar planes de desarrollo y de formaci&#243;n de las estructuras culturales, comunitarias y c&#237;vicas de las comunicaciones.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;5. Que el llamado Plan Nacional de Telecomunicaciones que adelanta el Estado tome en cuenta y favorezca la existencia y desarrollo de emisoras de radio y televisi&#243;n comunitarias absolutamente aut&#243;nomas y sin ning&#250;n tipo de injerencia oficial en la programaci&#243;n y emisi&#243;n de contenidos.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;6. La atribuci&#243;n de una parte significativa del espectro radioel&#233;ctrico para el uso por parte de micro-difusores y medios comunitarios.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;===================================================================
Lista de grupos que se adhieren al Manfiesto y m&#225;s informaci&#243;n en:
&lt;a href=&quot;http://www.librecomunicacion.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://www.librecomunicacion.org&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Comentarios y cr&#237;ticas constructivas por correo-e a: &lt;a href=&quot;mailto:info@librecomunicacion.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;info@librecomunicacion.org&lt;/a&gt;&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&#161;AYUDANOS EN LA DIFUSION DEL MANIFIESTO! Envia este mensaje a personas, grupos y organizaciones que consideres afines a las ideas expresadas.&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;&#191;ESTA TU GRUPO U ORGANIZACION INTERESADO EN SUSCRIBIR EL MANIFIESTO?&lt;/p&gt; &lt;p class=&quot;spip&quot;&gt;Entra y firmalo en forma electr&#243;nica en:
&lt;a href=&quot;http://www.librecomunicacion.org&quot; class=&quot;spip_out&quot;&gt;http://www.librecomunicacion.org&lt;/a&gt;&lt;/p&gt;&lt;/div&gt;
		
		</content:encoded>


		

	</item>





</channel>

</rss>
