Charla Insumisión a las penas multa: valoración del primer caso de insumisión en Madrid

18 de febrero de 2010.

Charla debate viernes 19 de febrero, 20hs, en el Patio Maravillas (Pez, 21), valoración de la insumisión a una pena multa por parte de Iñaki, un compa que ha cumplido 17 días de arresto domiciliario.

El caso de Iñaki

Hace tres años, en el transcurso de una de las acciones convocadas por Rompamos el Silencio durante la Semana de Lucha Social, varios compañeros resultaron detenidos. Como consecuencia de un largo proceso judicial, varias personas fueron condenadas, y una de ellas decidió no pagar la multa impuesta, adhiriéndose a la campaña de insumisión a las penas multa puesta en marcha en Catalunya.

Escucha la entrevista radiofónica realizada al compañero, aquí

Este viernes, 19 de febrero, a las 20hs, se celebrará un acto en el Patio Maravillas, en el que se realizará una valoración del arresto domiliciario sufrido durante 17 días, parte de los cuales se han llevado a cabo en este centro social.

Con este acto, se pretende impulsar en Madrid esta campaña de insumisión a las penas multa, sobre la que encontraréis más información a continuación.

¿Qué es una pena multa?

Una pena multa es un concepto que aparece a raíz de la reforma penal de 1995 y retocado el 2003 que consiste en una condena económica fruto de un proceso judicila por delitos o faltas que se puede sustituir por penas privativas de libertad en el propio domicilio o en un centro penitenciario. Con este tipo de condenas, una persona puede entrar en la cárcel por impago de una multa y la imposibilidad de ser embargada.

La pena multa se fija en las sentencias con una duración y una cuantía económica concreta: la extensión mínima será de 10 días y la máxima de 2 años y la cuota diária tendrá un mínimo de 2 euros y un máximo de 400.

Los juzgados tendŕan en cuenta la situación económica del condenado, según su poder adquisitivo, sus ingresos, las obligaciones o las cargas familiares. Si la persona condenada no satisface voluntariamente o por embargo la multa impuesta, quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiária de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diárias no satisfechas. También se podrá acordar que la responsabilidad subsidiária se cumpla mediante trabajos llamados en beneficio de la comunidad.

Insolvencia y embargos

El cobro de las penas multa es ineludible si tienes dinero en bancos, nóminas o propiedades a tu nombre, aunque se pueden dar situaciones extraordinarias. Te pueden embargar hasta el límite del Salario Mínimo Interprofesional (624 euros mensuales en el 2009) y si tienes becas o ayudas estatales, el juzgado de ejecución enviará directamente la orden de embargo al organismo que otorga la beca, ayuda o paro.

Si el juzgado se da cuenta que poco antes del intento de embargo tenías dinero o propiedades y para evitar perdelo lo has sacado o has cambiado las propiedades de nombre, estarás cometiendo un delito llamado insolvencia punible. A las personas menores de edad no se les aplican las penas multa, pues el caso se traspasa al Juzgado de Menores que establece otro tipo de condenas.

Según Iñaki Rivera del Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona, "lo que fue una prentedida y falsa alternativa a la prisión" no existiría sin la amenaza real de una pena privatica de libertad y es así como "la multa no sólo no es alternativa a la cárcel, sino que contribuye a la existencia y la supervivencia de ésta". Rivera remarca que "obviamente, quien más capacidad económica tiene, menos ve afectada su libertad de manera que se da la "paradoja" según la cual cumple menos pena no quien menos delinque sino quien más paga" con a cual cosa las penas multa son un "sistema de criminalización de la pobreza".

Insumisión a las penas multa

Desde 1995 colectivos e individualidades activas de los movimientos sociales sufren una nueva forma de represión: las penas multa. Desde los movimientos sociales estamos cansadxs de centrar nuestros esfuerzos en hacer frente a las penas multa y es por esto que hemos decidido poner en marcha esta campaña de insumisión a las penas multa.

La multa es una de tantas herramientas que utiliza el Estado para reprimir políticamente. Lo intenta conseguir con la presión policial-judicial (y los miedos asociados a las repercusiones penales, sociales, familiares, profesionales, etc) a la dez que pretende absorver dinero para mantener su maquinaria represiva en aumento. Estos recursos económicos de colectivos y personas que sino fuera por estas sanciones estarían dedicados a promover y construir una sociedad diferente.

Actualmente nos encontramos que entre el abanico de multas hay procedimientos y aplicaciones diferentes, entre las cuales están las penas multa (fruto de un proceso judicial penal) y las sanciones económicas administrativas derivadas de las ordenanzas municipales (por incumplimiento de reglamientos de "convivencia" y otras sanciones económicas por tráfico). Todas ellas implican condenas con importantes gastos económicos. La particularidad de las penas multa recae en que pueden ser sustituidas por trabajos a la comunidad (forzados) o localizaciones permanentes que son arrestos domiciliarios.

Estas nuevas formas de sanción no sólo implican un aumento y una sofisticación de la represión, sino el intento por parte del Estado de consolidad lo que ya hace años que se viene denunciando: lo que se castiga no es el delito, sino la pobreza y la disidencia.

A las penas puñaladas

Diferentes personas y colectivos llevamos años sufriendo juicios y la aplicación de sanciones que nos ahogan económicamente y no nos dejan trabajar plenamente por otro modelo de sociedad. Años y años. Hoy día nos encontramos en la situación que un grupo de gente y los diferentes colectivos que les dan apoyo hemos decidido no esconder esta represión y hacerla pública. Y una de las maneras que hemos encontrado es desobedecer la aplicación de sus penas multa y negarnos a pagarlas. Si bién hay quien no las puede pagar, desde los movimientos sociales siempre se han podido generar recursos necesarios de forma colectiva. Per esta no es la cuestión de fondo, si hablamos de insumisión o desobediencia a las penas multa, no lo hacemos por falta de dinero, lo hacemos por coherencia y principios, por dignidad. Queda claro que tampoco queremos alimentar las arcas de aquellos que tienen como objetivo acabar con nosotrxs.

Pero también sabemos que una de las últimas consecuencias de este planteamiento puede ser el ingreso en prisión y en este caso formaría parte de una acción de protesta para sensibilizar a la población sobre la represión que sufrimos las personas que nos mobilizamos en la calle.
El ingreso en prisión no es un hecho voluntario y lo evitaremos siempre que nos sea posible. Las cárceles son centros de exterminio y nadie quiere pasar allí ni un solo día, pero cuanto más nos dejemos pisar hoy, más lo harán mañana. Lo asumimos como fruto de nuestras acciones políticas y como una manera de confrontar al Estado y sus leyes de manera directa.
Queremos aprovechar para hablar de todos los casos represivos y de persecución que sufrimos los movimientos sociales que nos manifestamos en la calle. Así, hacemos un llamamiento a colectivizar las consecuencias de nuestro trabajo político y a estar atentxs a las convocatorias hasta que desmontemos su sistema represivo.

Web Alespenespunyalades

Fuente: Centro de Medios


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